El Supremo tumba dos proyectos lingüísticos en Barcelona por incumplir el 25% de castellano
Los recursos de casación de la Generalitat han sido rechazados.
El Tribunal Supremo (TS) ha tumbado los proyectos lingüísticos de dos escuelas de Barcelona por no cumplir con un mínimo del 25% de castellano en la enseñanza, después de rechazar los recursos de casación de la Generalitat al considerar que carecen de motivación.
La sección primera de lo contencioso-administrativo ha desestimado los recursos presentados contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de imponer el 25% de castellano en los colegios Bogatell de la capital catalana y Josefina Ibáñez de Abrera (Barcelona) porque “no se ha fundamentado suficientemente”.
La Generalitat aseguró que la decisión del TSJC podía ser “gravemente dañosa para los intereses generales” y argumentó falta de legitimación de los denunciantes, algo que el alto tribunal ha rechazado.
El TS también ha reprochado que la Generalitat afirme “que el recurso se proyecta de forma generalizada sobre el sistema lingüístico, sin otra acotación y matiz”, una circunstancia que “no aparece debidamente cumplimentada sino por referencias en exceso genéricas e indeterminadas”.
Una de las reacciones ha llegado a través de Ana Losada, presidenta de la Asamblea por una Escuela Bilingüe, quien valora positivamente la noticia.
“La gente se ha pensado que el 25% no es válido”, ha lamentado Losada, que ha recordado que el castellano “es lengua vehicular en la escuela catalana” porque lo marca la ley.
Qué dice la ley
En las sentencias de marzo de 2021 recurridas por la Generalitat, se reconocía a las familias “una enseñanza que incluya el castellano como lengua vehicular, en proporción razonable” que “en defecto de su concreción” se debe fijar en un mínimo del 25%.
El TSJC anuló el pasado año los proyectos lingüísticos de ambos centros por no contemplar “el carácter vehicular del castellano como lengua oficial, junto con el catalán, y anular igualmente cualquier otro proyecto lingüístico” en caso de que “incurra en igual defecto”.