La Junta Electoral abre expediente al PP por los SMS de Casado en campaña
El mensaje le llegó a 1,2 millones de personas.
“Hola, soy Pablo Casado”... ¿Te llegó este mensaje en las últimas horas previas al 10-N? Ahora, la Junta Electoral Central (JEC) ha acordado abrir expediente sancionador al Partido Popular por una posible vulneración de la Ley electoral en el envío de mensajes de telefonía móvil a más de un millón de ciudadanos antes del cierre de la pasada campaña electoral.
Fuentes del órgano que supervisa los procesos electorales han informado a Efe de esta decisión, adoptada en la reunión de ayer a partir de las quejas que le transmitió la Agencia de Protección de Datos, procedentes a su vez de ciudadanos molestos por la recepción de los mensajes.
El 8 de noviembre, el día del fin de la campaña electoral, el PP envió a 1,2 millones de españoles un sms para pedir el voto. En el mensaje, el Partido Popular solicitaba apoyo en las urnas para “sumar una nueva mayoría de cambio en España frente a la crisis económica y el desafío separatista”.
La Junta Electoral asumió las quejas provenientes de la Agencia de Protección de Datos por cuanto la posible vulneración de la ley se produciría en época electoral.
Los usuarios ya lo denunciaron en sus redes sociales
De hecho, numerosos usuarios denunciaron la acción del PP a través de sus propias redes sociales, negando haber prestado su consentimiento a recibir este tipo de comunicaciones. Entre las quejas, algunos se preguntaban si era legal o qué ocurría ocn la Ley Orgánica de Protección de Datos, como en estos tuits.
Los mensajes no incluían criterios obligatorios para pedir el voto
Según las explicaciones de las fuentes, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) quedaría incumplida con esta actuación del PP en el artículo 58 bis. En éste, la norma hace alusión al uso de medios tecnológicos y datos personales en las actividades electorales.
El punto 4 de dicho artículo señala que “las actividades divulgativas” en cuanto a la petición del voto deberán identificar “de modo destacado su naturaleza electoral”. Y el 5 establece: “Se facilitará al destinatario un modo sencillo y gratuito de ejercicio del derecho de oposición”. Es decir: dar al ciudadano la opción de renunciar a que le sigan enviando esa clase de mensajes.
Los sms del PP no incorporaron ni una referencia “destacada” a que se trataba de “publicidad electoral” ni un enlace que brindara al elector la oportunidad de renunciar a ese tipo de mensajes. Por ello, la Junta Electoral, afirman las fuentes, tras estudiar el caso, ha acordado la apertura de un expediente al PP.
El procedimiento que se iniciará a partir de mañana, que llevará un instructor (uno de los magistrados que forman parte de la Junta Electoral), seguirá una serie de pasos. El primero es la transmisión de una propuesta de sanción al PP, que dispondrá de un plazo de alegaciones de alrededor de diez días. Tras ello, el instructor elevará una segunda propuesta de sanción, lo que el Partido Popular podrá alegar igualmente.
El plazo de esta clase de procedimientos puede llegar a los tres meses, el máximo establecido, recuerdan fuentes de la JEC consultadas. Las sanciones las regula el artículo 153 1 de la Loreg, que marca unas cuantías que oscilan entre los 300 y los 3.000 euros si se trata de autoridades o funcionarios y entre 100 y 1.000 si concierne a particulares.
Esta apertura de expediente al PP se suma a la que decidió abrir a Pedro Sánchez por haber dado una entrevista en precampaña en la Moncloa.