El Tribunal Superior de Justicia de Aragón reconoce la relación laboral de los repartidores con Deliveroo
En la resolución se ponen de manifiesto las condiciones propias de la laboralidad: existencia de una prestación personal y voluntaria de servicios, carácter retribuido, ajenidad y dependencia del empresario.
La magistrada del juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza ha dictado una sentencia en la que reconoce la relación laboral de los repartidores que trabajaban para Deliveroo y apoya así la demanda interpuesta por la Tesorería General de la Seguridad Social contra la empresa.
En su sentencia, la jueza, Itziar Ochoa, se apoya en la amplia jurisprudencia existente y manifiesta, según fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Aragón(TSJA), su concordancia con los criterios marcados en las sentencias dictadas por el Juzgado de lo Social número 19 de Madrid y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid referidas a los mensajeros empleados por la empresa Roofoods Spain (Deliveroo).
En su resolución, la magistrada pone de manifiesto que las condiciones propias de la laboralidad son la existencia de una prestación personal y voluntaria de servicios, su carácter retribuido, la ajenidad y la dependencia del empresario.