Ruz da por acreditada la existencia de la 'caja B' del PP durante 18 años
El juez Pablo Ruz ha propuesto juzgar a seis personas en el caso Bárcenas, entre ellas los extesoreros del PP Luis Bárcenas y Álvaro Lapuerta y al exgerente del partido Cristóbal Páez, y considera al partido responsable civil subsidiario de un delito fiscal por no haber tributado por los donativos ilegales en el año 2008 investigados en la llamada 'caja B' del PP.
Tras dos años de investigación, el juez ha cerrado la instrucción del caso en un auto en el que da por "indiciariamente acreditada" la existencia de una 'Caja B' en el PP. En concreto, dice que el partido "se sirvió durante 18 años, desde 1990 hasta al menos 2008, de varios sistemas de cuentas que registraron corrientes financieras de entrada y salida de dinero al margen de la contabilidad oficial declarada por el partido y presentada ante el Tribunal Cuentas". El juez considera que el PP empleó la caja B para el pago de retribuciones, complementos de sueldos, campañas electorales y gastos del partido.
Ruz atribuye a Bárcenas, Lapuerta, Páez y a tres empleados de la empresa de arquitectura que reformó la sede del PP delitos fiscales y de apropiación indebida. Considera responsable civil subsidiaria a Unifica, empresa que ejecutó la reforma de la sede nacional del PP, y cifra en 1.552.000 euros el pago total a la compañía en B por las obras.
El juez ha acordado, además, el sobreseimiento provisional y parcial de los 22 imputados en el caso de los papeles de Bárcenas, entre ellos empresarios y el ex secretario general del PP Ángel Acebes.
En el auto, Ruz envía asimismo a un juzgado de Toledo, por un posible delito de prevaricación, la vertiente del caso que investiga la adjudicación supuestamente irregular a una filial de la constructora Sacyr de un contrato de basuras del ayuntamiento de la ciudad, que pudo responder a una donación de 200.000 euros de esa empresa para la campaña municipal de la actual presidenta de la comunidad, María Dolores de Cospedal.
DELITO CONTRA LA HACIENDA PÚBLICA
El juez apunta que en el "plano indiciario" el PP sería "responsable" de un delito contra la Hacienda Pública por "no haber presentado la declaración por el Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio de 2008", al entender que esas donaciones, que superaban el millón de euros, "no cumplían con los presupuestos, requisitos y limitaciones, tanto formales como materiales, establecidos en la normativa vigente reguladora de la financiación de los Partidos Políticos".
En contra del criterio de la Agencia Tributaria y recogiendo la opinión de la Fiscalía Anticorrupción y la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, el juez señala que "las aportaciones privadas recibidas" en ese ejercicio por el PP carecen de "la consideración de rentas exentas "por no haber cumplido con "el criterio de transpartencia legalmente establecido" y haberse destinado a "pagos fiscalmente opacos y ajenos a la contabilidad oficial".
Al no recogerse la responsabilidad penal de los partidos políticos hasta la reforma del Código Penal de 2012, cuatro años después de los hechos, los delitos investigados sólo pueden atribuirse a "quien actuara en ese momento como administrador o responsable legal de la formación política". Se trataría, según ha determinado la instrucción, de Bárcenas y Páez, así como Lapuerta como cooperador de sus actuaciones.