Una resolución judicial acaba de dar la vuelta a las derramas de vecinos con el telefonillo

Una resolución judicial acaba de dar la vuelta a las derramas de vecinos con el telefonillo

Los dueños de los locales en un edificio tienen la obligación de pagar gastos de comunidad.

Una mujer abre la puerta de su casa con un vídeoportero.Getty Images

La Audiencia Provincial de Cantabria ha dictaminado que los dueños de locales integrados en una comunidad de propietarios tienen la obligación de soportar las partidas que incluyen mejoras en el edificio, como, por ejemplo, la instalación de un vídeoportero.

Así lo ha determinado el tribunal en una sentencia, que según publica el diario Economist&Jurist, "un matrimonio, dueño de un local que formaba parte de un edificio comunero, impugnó la imposición de partidas aprobada en una junta, alegando que ellos no tenían la obligación de soportar esa cuantía porque se trataba de una obra de mejora para uso exclusivo de los propietarios de la vivienda". 

Sin embargo, el juzgado montañés ha aclarado que, siempre que el coste "no resulte desproporcionado o fuera de lugar", "la instalación de un videoportero en una comunidad de propietarios no supone una mejora del edificio ni un capricho innecesario, sino que los servicios que presta el nuevo sistema satisfacen un requisito básico de seguridad al que sirve de claro refuerzo, el de control de acceso al edificio no residentes". 

Titania
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Santander

Esta sentencia llega después de un conflicto vecinal que acabó finalmente en los tribunales. "Los dueños del local acudieron a la vía judicial solicitando, en una demanda presentada contra la comunidad de vecinos, la nulidad de los acuerdos adoptados en junta". Finalmente, la Audiencia cántabra "desestimó el recurso de apelación interpuesto por los demandantes y ha confirmado íntegramente la sentencia de primera instancia". Además, reiteró que estos empresarios "deben contribuir a las derramas del edificio"