Si te toca ir a la mesa electoral en las elecciones gallegas 2024, ¿tienes libre el día siguiente?
Acudir a una mesa electoral si eres agraciado en el sorteo es una obligación como ciudadano.
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Este domingo 18 de febrero de 2024 se celebran las elecciones al Parlamento de Galicia. Como es habitual en este tipo de eventos, una vez se acerca la fecha empiezan a surgir más y más dudas relacionadas con el voto. Por ejemplo, si este domingo eres miembro de una mesa electoral, ¿tienes día libre en el trabajo? Te lo aclaramos.
En nuestro país cualquier persona menor de 70 años con derecho a voto puede ser elegida al azar para formar parte de una mesa electoral. Y esta medida incluye también a los que trabajen los fines de semana. Pero, para estos casos, la Junta Electoral Central (JEC) prevé un permiso retribuido.
Las personas que trabajan los domingos también pueden ser miembros de una mesa electoral. Si reciben la carta en la que se les notifica que han sido agraciados en el sorteo, deberán entregárselo a su empresa. La JEC establece un permiso retribuido que contempla librar la jornada completa para poder cumplir con la obligación de formar parte de una mesa electoral.
Además, esas personas tendrán derecho a otro permiso el día siguiente de las elecciones. Para garantizar su correcto descanso después de un día bastante largo (más de 12 horas en la mesa electoral), la jornada posterior a las elecciones se establece una reducción de jornada de 5 horas.
Cuatro 'excusas laborales' para librarse de la mesa electoral
Solo hay cuatro únicos supuestos en los que las personas que trabajan habitualmente los domingos no tienen la obligación de acudir a la mesa electoral del 18F por motivos laborales:
1. Prestar servicio a las Juntas Electorales, a los Juzgados y a las Administraciones Públicas que tengan funciones electorales.
2. Trabajar en servicios públicos esenciales de importancia vital, como los de carácter médico, sanitario, de protección civil, bomberos...
3. Directores de medios de comunicación de información general y los jefes de los servicios informativos que cubran la jornada electoral.
4. Profesionales que tengan que participar en acontecimientos públicos el día de la votación que no puedan ser sustituidos.