La Seguridad Social permite la jubilación con 50 años en estos casos y sin reducir la pensión

La Seguridad Social permite la jubilación con 50 años en estos casos y sin reducir la pensión

Solo las 8 profesiones catalogadas de riesgo pueden optar a esta contraprestación. 

Una azafata en una imagen de archivo. wsfurlan via Getty Images

Hasta 2027 la edad de jubilación en España irá subiendo progresivamente hasta los 67 años. Este año la edad de jubilación se sitúa en 66 años y 6 meses o de 65 años si se ha cotizado al menos 38 años y 6 meses. 

También cabe la excepción que da la Seguridad Social de adelantar la jubilación hasta un máximo de cuatro años. Aun así, algunas personas tienen la duda de si se puede jubilar a los 52 años. 

La respuesta es que solo los trabajos con condiciones excepcionalmente duras, peligrosas, tóxicas o insalubres, que resultan en altos índices de enfermedad o mortalidad, podrán optar a esta jubilación.  

La Seguridad Social indica 8 profesiones que podrán optar a esta jubilación anticipada entre los 52 y los 55 años, a diferencia del resto de los mortales. 

Trabajadores Mineros

Los trabajadores que se dedican a extraer minerales podrán adelantar la edad hasta los 52 años, pero nunca por debajo de esta. 

Personal de vuelo

Los mecánicos de aeronave, navegantes, operadores de fotografía aérea, operadores de medios tecnológicos, fotógrafos aéreos y operadores de cámara aérea entran dentro de las profesiones que podrán jubilarse a los 52 años. 

Trabajadores del Mar

Las personas que se dedican a trabajos en el mar pueden rebajar hasta 10 años su edad de jubilación, lo que podría permitirles retirarse a los 55 años, 

Trabajadores ferroviarios

Estos trabajadores también podrán adelantar su jubilación hasta 10 años, pudiendo jubilarse desde los 55 años. 

Artistas

Los artistas, incluyendo bailarines y trapecistas, podrán jubilarse a los 60 años con el 100% de la pensión, siempre y cuando hayan cotizado ocho años dentro de los 21 años anteriores a la jubilación.

Profesionales taurinos

Los matadores y rejoneadores pueden jubilarse a los 55 años, con un requisito de participaciones mínimas en eventos. Los puntilleros pueden jubilarse a los 60 años.

Bomberos y policías locales

Las autoridades, al servicio de administraciones y organismos públicos, pueden acceder a la jubilación anticipada desde los 59 o 60 años, dependiendo de los años de cotización.

Ertzaina

La policía autonómica vasca podrá jubilarse desde los 60 años o desde los 59 si acreditan 35 años de cotización.

Jubilación anticipada con discapacidad

Para las personas que tienen una discapacidad y que tengan 15 años cotizados y que al menos cinco fuera por una de estas enfermedades, podrán optar a la jubilación anticipada. 

Según el grado de discapacidad se podrán jubilar antes: igual o superior al 45% se podrán jubilar de manera anticipada a los 56 años y con una discapacidad igual o superior al 65 % podrán acceder a la pensión de jubilación con 52 años edad.