Construye una pista de hielo en el jardín y la ciudad dice que debe marcharse

Construye una pista de hielo en el jardín y la ciudad dice que debe marcharse

'No volverás a patinar en esta ciudad'. 

Dos personas preparándose para patinar sobre hielo.Getty Images

La que prometía ser una de esas bellas y emotivas historias de la pandemia se ha convertido en una auténtica pesadilla legal para sus protagonistas. Una familia de Markham, en la localidad de Unionville (Ontario, Canadá), está en medio de una batalla de tribunales con la propia ciudad.

Todo viene derivado de la decisión de Martin Ross, hace 4 años cuando comenzaron los confinamientos por la crisis sanitaria de la COVID-19, de construir una pista de patinaje en el jardín trasero de su vivienda. En España puede parecer extraña, pero en esta región canadiense fue habitual en muchas viviendas. Así lo recoge el medio Toronto City News.

"Mis dos hijos juegan al hockey y, debido a los cierres, no podían pasar tiempo en el hielo, así que decidí construir la pista para que pudieran seguir con su entrenamiento", detalló el progenitor, precisando que, si bien optó por un proyecto mayor a las tablas y lonas más rudimentarias que se usaron en la mayoría de casos, "no es improvisado. Tiene un sistema de refrigeración, por lo que puede permanecer frío un poco más. Me aseguré de colocar los tablones y las redes adecuados".

Sin solicitud de permiso para obra de estas dimensiones

Lo cierto es que Ross es entrenador de hockey en un centro de la localidad y eso aumentó las acusaciones de vecinos que creían que había apostado por un proyecto tan grande -empleó hormigón para la base y hasta taló árboles del patio para la pista-, para aprovechar y entrenar a los jóvenes durante el confinamiento. Él lo niega, a pesar de que el personal municipal llegó a investigarlo: "Algunos niños del barrio y amigos lo utilizaban, pero yo no lo utilizaba como un centro de formación alternativo".

En este sentido, el verdadero problema que suscitó las denuncias y los primeros toques de la Administración local fue que su hogar está dentro de una zona de preservación histórica -similar a las figuras de protección de patrimonio en numerosas ciudades y pueblos de España en los que se establecen normas comunes de construcción o elementos de la vivienda-. Ross no solicitó el permiso pertinente para realizar dicha obra en su patio trasero.

"Me multaron por talar los árboles y pagué todas esas multas", asegura el afectado, que ya ha visto su primer intento de responder legamente, fracasar en tribunales. "Dijeron que necesitaba un permiso de patrimonio. En ese momento, ya había comenzado el trabajo, pero presenté un permiso", detalla, tras haber acudido al Comité de Patrimonio de Markham.

"¿En basa a qué [lo rechaza el Ayuntamiento]?"

El informe de la gerente de Planificación de Patrimonio recogió lo siguiente: "Si bien la pérdida de la vegetación madura del patio trasero sin autorización o aprobación previa es motivo de preocupación, el Consejo aprueba la solicitud del Permiso de Patrimonio en apoyo de la introducción de una plataforma deportiva de hormigón y una estructura de cabaña en el patio trasero [sujeto a la obtención de un Permiso de Construcción]".

El Ayuntamiento no opinó lo mismo y denegó el permiso. "¿En base a qué?", reflexionó Ross alegando que "no hay nada en la ordenanza municipal ni en el acuerdo patrimonial que establezca que no se pueden construir pistas de hielo en los patios traseros. Hay ordenanzas municipales para piscinas, pero no para pistas de hielo". Desde el consistorio local aseguraron al citado medio que el hombre no hizo caso a las peticiones para detener la obra y eso llevo a los departamentos de Construcción y Bomberos a intervenir.

Titania
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Santander

El fallo del juez, que aún recurre la familia, fue claro. "La Sección 2.9 establece en parte que: la ciudad puede ingresar a la propiedad y cumplir con las obligaciones del propietario, y el propietario deberá reembolsar a la ciudad todos los gastos en que incurra por ello. Dichos gastos en que incurra la ciudad, hasta que el propietario los pague, serán una deuda contraída por la ciudad y recuperable por esta mediante una acción judicial", recoge el fallo judicial.