¿Desde cuándo se puede pedir el voto por correo para las elecciones generales del 23 de julio?
La ley electoral determina que se podrá solicitar desde mañana tras la publicación de la convocatoria en el BOE
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado este lunes su decisión de adelantar las elecciones generales para el próximo 23 de julio tras la derrota electoral sufrida por el PSOE en las elecciones autonómicas y municipales del 28-M.
En una declaración institucional sin preguntas en Moncloa, Sánchez ha informado de que ha hablado con el Rey Felipe VI para comunicarle la convocatoria de un Consejo de Ministros extraordinario y la disolución de las Cortes. "Asumo los resultados", ha dicho el presidente del Gobierno, que ha optado por someter por el "mandato democrático a la voluntad popular".
Es la primera vez en democracia que unas elecciones generales se celebrarán en un mes estival como es julio. Eso hará que muchos españoles decidan recurrir al voto por correo para poder participar en la convocatoria electoral. En las últimas generales de noviembre de 2019, casi un millón de personas ya lo solicitaron. Previsiblemente, el número de peticiones para esta nueva cita con las urnas será mayor.
Pero, ¿desde cuándo se podrá pedir el voto por correo? Y, ¿hasta cuándo? Según la ley electoral, el ciudadano "podrá solicitar a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el décimo día anterior a la votación, un certificado de inscripción en el Censo". Dado que la convocatoria electoral será publicada este martes en el BOE, desde mañana mismo (30 de mayo) se puede solicitar por el voto por correo de forma presencial en las oficinas de correos o de manera telemática a través de su página web. Dicha petición, según la misma ley electoral, podrá realizarse hasta diez días antes de la jornada electoral. Es decir, hasta el jueves 13 de julio.
A partir del 3 de julio y hasta el 15 de julio aproximadamente, Correos emitirá por correo certificado al elector al domicilio por él indicado o, en su defecto, al que figure en el censo, las papeletas y los sobres electorales. A partir de entonces, los ciudadanos tendrán hasta el 19 de julio para poder emitir su voto, aunque este plazo podría retrasarse 24 horas más, como ha ocurrido en este 28-M, si la demanda es alta.