Un juez absuelve al 'estafador de mujeres' al no ver probado "engaño atribuible al acusado"

Un juez absuelve al 'estafador de mujeres' al no ver probado "engaño atribuible al acusado"

El acusado y la mujer contactaron y tuvieron una primera cita el 15 de abril de 2017 y siguieron quedando.

EFE

El Juzgado Penal 27 de Barcelona ha absuelto a Albert C.O. —conocido como el ‘estafador de mujeres’— de engañar en 2017 a una mujer que conoció a través de una aplicación de citas al no ver probado ningún “engaño atribuible al acusado”.

En una sentencia, el juez indica que en 2017 el acusado y la mujer contactaron y tuvieron una primera cita el 15 de abril y siguieron quedando, y ella le invitó a su casa en diversas ocasiones y consintió que éste permaneciera a solas en su domicilio en su ausencia.

Ella asumió el pago de “consumos y compras cuyo importe total ascendió a varios miles de euros” durante las citas y el 18 de abril del mismo año firmaron un préstamo de ella a él de 7.000 euros, mientras que al día siguiente la mujer le transfirió 1.674 euros.

El hombre le dijo que “trabajaba en una empresa familiar de domótica, por lo que tenía que hacer frecuentes viajes de negocios, e hizo alusión a que su padre tenía una casa y un barco en Mallorca” y en una de las primeras citas afirmó que se había dejado la documentación en una casa de su madre en Andorra, por lo que no podía pagar ni sacar dinero.

El juez, sin embargo, descarta que esté acreditado que en abril de 2017 la mujer “efectuara todos o algunos de los indicados pagos como consecuencia de algún concreto engaño atribuible al acusado” ni que él abonara una factura telefónica de 262,76 euros y el precio de un dispositivo electrónico de 1.188 euros usando la tarjeta de la mujer sin su autorización.

Además, señala que el 4 de marzo de 2019 el acusado ingresó al Juzgado 800 euros para la mujer y el 15 de marzo ingresó otros 374 euros para ella.

“Pantallazos” de transferencias

En el juicio, ella manifestó que aceptó ir pagando y entregando pequeñas cantidades de dinero al acusado mientras éste le aseguraba que ya había ordenado transferencias en compensación por los gastos enseñándole en su móvil “pantallazos” en los que se veían supuestas transferencias bancarias.

El magistrado, sin embargo, señala que la declaración en el juicio contrasta con la versión de la denuncia inicial en sede policial y la declaración ante el juzgado de instrucción: en la denuncia dijo que conoció al acusado y que al cabo de un tiempo esta persona le pidió dinero porque estaba pasando una “situación puntual difícil”, y que ella accedió a ayudarlo y fue haciéndole transferencias puntuales hasta llegar a los 7.000 euros.

Ante el juez de instrucción, ratificó la denuncia pero puntualizó que de los 7.000 euros objeto del préstamo firmado, 1.600 euros correspondían a una única transferencia hecha al hombre, y el resto a cantidades en metálico que le fue dando antes de la firma del contrato de préstamo.

También precisó que no es cierto que el acusado le hubiera manifestado que tenía un problema económico, sino que tenía un problema puntual consistente en que estaba a la espera de que su madre le devolviera su documentación, y “aseguró en varios momentos que ella y el acusado mantuvieron una relación sentimental”, aunque en el juicio dijo que únicamente intimaron, destaca el juez.