Un entrenador es condenado a 5 años por abuso de menores pero no irá a cárcel
El motivo: la pena separada de cada uno de los tres delitos que se le imputan no excede los dos años.
Un entrenador de fútbol base ha sido condenado este lunes por tres delitos de abusos sexuales a menores a una pena que suma cinco años de cárcel y a pagar una indemnización de 18.000 euros, aunque no entrará en prisión porque la pena separada de cada uno de los tres delitos que se le imputan no excede los dos años.
Antes de empezar el juicio, celebrado en la sección 5ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, las partes han llegado a un acuerdo por el que el acusado ha reconocido los hechos de los que se le acusaba y a cambio la Fiscalía y la acusación particular han rebajado la petición de pena de doce años de cárcel a cinco.
″Ánimo libidinoso”
Los hechos enjuiciados se remontan a diversas fechas de 2017 y 2018, cuando el acusado, Fernando V., era entrenador del equipo cadete del Club Esportiu Atlètic Poblenou y este realizó tocamientos en varias ocasiones a tres de sus jugadores, que en aquel momento tenían 15 años.
El relato de las acusaciones incluye hasta 13 tocamientos que, en palabras de la fiscalía, se produjeron con ”ánimo libidinoso” por parte de Fernando V. y que consistieron la mayor parte de las veces en tocamientos en los testículos “por encima de la ropa”.
El modus operandi del entrenador consistía en aprovechar los días en que alguno de los tres menores abusados llegaba tarde al entrenamiento y se valía de “la soledad del vestuario” para introducirse en la estancia y realizar los tocamientos.
En otra ocasión, en diciembre de 2017, el Club Esportiu Atlètic de Poblenou habilitó una sala para ver el partido Barcelona-Real Madrid y una de las víctimas llegó un rato antes del partido para “ayudar a la colocación de las sillas”, situación que aprovechó el acusado para “tocarle los genitales por encima de la ropa”.
También se produjeron abusos en un viaje que el equipo hizo a Calella durante la Semana Santa de 2018 para disputar un torneo, durante el cual los miembros del equipo se hospedaron en un hotel. Los tres menores abusados compartían habitación y, por las tardes, mientras descansaban, el entrenador entró varias veces, tumbándose en la cama con ellos y “palpándoles los testículos” de nuevo en varias ocasiones.
Por estos últimos abusos, y según explica el escrito de calificación, el entrenador fue reprobado por los menores, que le “exigían” que parase.
Delitos reconocidos
En el acto del juicio el acusado ha reconocido haber cometido los hechos, ante lo que el tribunal ha procedido a dictar la sentencia in voce, prescindiendo de la declaración del acusado y del testimonio de las víctimas.
El tribunal, siguiendo la petición de las acusaciones, ha condenado al acusado por dos delitos de abuso sexual continuado, con una pena de dos años de cárcel por cada uno de ellos, y uno de abuso sexual simple, con una pena de un año, lo que deja un cómputo total de cinco años de cárcel.
Además de los 5 años de cárcel, el tribunal ha condenado a Fernando V. a pagar una indemnización de 18.000 euros a los menores, distribuidos en pagos de 8.000, 6.000 y 4.000 euros en proporción a los abusos recibidos por cada uno de ellos.
Curso de educación sexual
También se ha impuesto a Fernando V. la realización de un curso de educación sexual en el Instituto de Psicología Forense de Barcelona, nueve años de inhabilitación para ejercer profesiones en las que tenga contacto regular con menores y seis años de libertad vigilada, un régimen por el que los Mossos d’Esquadra harán informes mensuales del comportamiento que mantenga el condenado.
Por último, el juicio ha concluido con la petición de suspender la pena de cárcel por parte de la defensa del entrenador, acogiéndose al artículo 80 del Código Penal, que permite la suspensión cuando ninguno de los delitos de la condena implica más de dos años de cárcel.
La defensa ha acompañado esta petición de tres cartas de disculpas a las víctimas y la consignación de 10.000 euros por adelantado para el pago de la indemnización.
La acusación no se ha opuesto a la suspensión de la pena de cárcel y la sala la ha decretado en el mismo acto.