El Tribunal de Cuentas avisa: sus informes de fiscalización no pueden modificarse ni recurrirse
"Ante las noticias que vienen apareciendo en algunos medios" tras reclamar 5,4 millones por la promoción internacional del 'procés'.
Aviso del Tribunal de Cuentas. Sus informes de fiscalización, aprobados por el Pleno, no pueden modificados por otras instancias ni recurridos, dada su función jurisdiccional “dirigida a enjuiciar responsabilidades contables para obtener la restitución de los fondos públicos ante usos indebidos”.
El pronunciamiento del órgano fiscalizador llega tras la notificación del acta de liquidación provisional a 34 ex cargos del Govern a quienes reclama 5,4 millones de euros en concepto de responsabilidad contable por el presunto uso irregular de fondos para las denominadas ‘embajadas catalanas’ y para el Consejo de la Diplomacia Pública de Catalunya, conocido como Diplocat.
“Ante las noticias que vienen apareciendo en algunos medios, el Tribunal de Cuentas aclara que es un órgano constitucional que goza de plena independencia en el ejercicio de sus funciones, sometido tan solo al ordenamiento jurídico”, ha precisado en el comunicado.
Ha subrayado, además, que la misión del Tribunal de Cuentas es “contribuir a promover la buena gestión y salvaguardar los fondos públicos desde el ejercicio profesional de sus funciones fiscalizadora y jurisdiccional”.
En este sentido, ha recordado que ejerce con “carácter supremo” la función fiscalizadora del sector público, de naturaleza eminentemente técnica, con arreglo a normas y procedimientos de auditoría acordes a las normas internacionales para el ejercicio de esta función. El destinatario principal de sus informes, ha añadido, son las Cortes Generales.
El Tribunal de Cuentas ha indicado también que los Consejeros y Consejeras de Cuentas de la Institución “son elegidos por mayorías cualificadas de tres quintos de los plenos del Congreso de los Diputados y del Senado, y son independientes e inamovibles conforme a la Constitución”.
Así, ha insistido en que el personal del órgano fiscalizador “está integrado por profesionales altamente cualificados que han accedido al Tribunal por los procedimientos de ingreso en la función pública previstos en las leyes”.