Qué significan las cuatro categorías que establece la nueva ley de secretos oficiales
El texto, el primero en democracia que regula la materia, pasa la competencia al Ministerio de Presidencia, en lugar del de Defensa como marcaba la ley de 1968.
Un Consejo de Ministros más que jugoso para cerrar el curso político. En una reunión extraordinaria este lunes, el Gobierno ha aprobado el plan de ahorro energético, la ley de derechos animales y una más controvertida, la primera de Secretos Oficiales en la democracia. Un texto que no ha sido fácil de consensuar y que, a estas horas Podemos amenaza con rechazar.
La principal novedad de esta ley es que fijará un mínimo de 50 años, prorrogables, para guardar los llamados “altos secretos de Estado”, aunque clasifica los contenidos reservados en cuatro niveles, de acuerdo con su relevancia. De mayor a menor gravedad, las materias podrán ser calificadas como alto secreto, secreto, confidencial y restringido. Lo que no hay, ha apuntado Bolaños, un documento que nunca pueda ser desclasificado
Desde la entrada en vigor de la ley, lo máximo que podrá permanecer secreta una información serán 65 años. En concreto, para la de alto secreto se fija un plazo de 50 años, prorrogable otros 15; la secreta lo será por 40, más 10 de prórroga; la confidencial entre 7 y 10 años y la restringida entre 4 y 6.
Bolaños ha calificado de “razonables” estos plazos, señalando que en Europa hay países que no fijan periodo temporal alguno para la publicación de este tipo de documentos como Dinamarca, Francia, Italia o Bélgica, que en Suecia, por ejemplo, se establece en 70 años, y en Alemania en 30 para los de alto secreto, secreto y confidencial.
No supone la desclasificación automática per se
Sin embargo, la llamada ley de Información Clasificada, no supondrá la desclasificación automática de ninguno de los documentos ya clasificados hasta ahora y que hayan cumplido sus plazos, sino que ésta se irá haciendo paulatinamente si así lo deciden “de oficio” las autoridades competentes o a instancias de personas afectadas que así lo soliciten.
Así lo ha explicado el ministro de Presidencia, Félix Bolaños, en la rueda de prensa posterior a la aprobación de un anteproyecto sobre el que ahora se tendrán que pronunciar los órganos consultivos. El anteproyecto prevé un régimen transitorio de aplicación. Para empezar, no estará en vigor hasta seis meses después de su aprobación por las Cortes, que el Gobierno calcula para principios de 2023.
Cambio de responsable
El anteproyecto que ha visto la luz en el Consejo de Ministros ofrece otra notable variación con respecto a la aún vigente ley de 1968. Hasta ahora, la autoridad responsable de la llamada “información clasificada” era el Ministerio de Defensa, pero a partir de ahora pasará a manos del departamento de Presidencia, que dirige Félix Bolaños.
Según Bolaños, la regla general será “permitir la desclasificación” salvo que afecte a la seguridad, la defensa del Estado o la integridad de una persona concreta. En este punto, el ministro ha recordado que los documentos militares anteriores a 1968 ya fueron desclasificados en su momento por el Ministerio de Defensa.
Además, el ministro ha detallado que la nueva normativa no contempla ninguna restricción especial para ninguna institución, es decir que los documentos relativos a la Corona no gozarán de especial protección.