La nueva ley universitaria levanta la mano para los que copian en los exámenes
Las novatadas, el acoso sexual y falsificar documentos podrán suponer hasta 3 años de expulsión.
Copiar en un examen universitario no tendrá finalmente una sanción. Así lo ha definido el último borrador del anteproyecto de ley que ha aprobado este martes el Consejo de Ministros y que plantea varias modificaciones en la nueva Ley de Convivencia Universitaria.
Entre ellas la que se refiere a los alumnos pillados copiando en un examen. En la anterior redacción lo incluía entre las faltas leves. Sin embargo, este falta ha quedado fuera de ser sancionable y la situación seguirá como hasta ahora: los profesores deciden que si cambian de sitio, retiran del examen o suspenso directo.
El texto sí menciona entre faltas leves el acceso indebido a instalaciones universitarias, el uso de servicios incumpliendo los requisitos de general conocimiento y deteriorar de forma no grave el patrimonio. Además el nuevo régimen disciplinario será de aplicación para las universidades públicas y privadas.
Las novatadas, falta gravísima
Entre las faltas más graves el anteproyecto incluye las novatadas o conductas vejatorias, física o psicológicamente, que supongan un grave menoscabo para la dignidad de las personas; ejercer violencia grave; acoso sexual; falsificar, sustraer o destruir documentos académicos y usar documentos falsos ante la universidad.
En este caso, las sanciones que se contemplan son la expulsión de dos meses hasta tres años de la universidad, un castigo que deberá constar en el expediente académico hasta su total cumplimiento, y la pérdida de derechos de matrícula parcial, durante un curso o semestre académico. Además detalla que prescribirán a los tres años.
Este mismo epígrafe incluye la destrucción y deterioro de manera irreparable o sustraer obras del patrimonio histórico y cultural de la universidad; plagiar total o parcialmente una obra, o cometer fraude en el Trabajo de Fin de Grado, el Trabajo de Fin de Máster o la Tesis Doctoral, o suplantar a un miembro de la comunidad universitaria.
Pendientes de los hackeos
La nueva ley del Ministerio de Universidades considera faltas graves apoderarse indebidamente del contenido de exámenes; deteriorar gravemente el patrimonio de la universidad; impedir la celebración de actividades universitarias de docencia; cometer fraude académico entendido éste como cualquier comportamiento tendente a falsear los resultados de un examen o trabajo y acceder sin autorización a los sistemas informáticos de la universidad.
En el caso de una falta grave, la universidad podrá proceder a la expulsión de hasta un mes del alumno y la pérdida de derechos de matrícula parcial, durante un curso o semestre académico.
“La pérdida de derechos de matrícula no podrá afectar a los derechos relativos a las becas en los términos previstos en su normativa de desarrollo”, añade el anteproyecto.