La justicia navarra autoriza el toque de queda para los fines de semana
Galicia también podrá limitar las reuniones de madrugada por el aumento de la transmisión del virus.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha autorizado el toque de queda solicitado por el Gobierno foral entre la 1 y las 6 horas para los municipios en situación de riesgo extremo por la Covid-19 durante los fines de semana, en festivos y en las fechas (incluidas las vísperas) en las que hubiera correspondido celebrar las fiestas patronales.
En el auto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN considera eficaz la medida para contener la propagación del virus porque va a impedir la interacción social que se produce en esa franja horaria.
“Junto a ello va a resultar imprescindible para evitar los encuentros sociales que se vienen produciendo de manera generalizada en las principales localidades navarras, pero también en otras de menor población; los llamados ‘botellones’, encuentros en los que por una posible relajación de las medidas preventivas frente al virus se han convertido en el origen de una parte importante de los contagios entre menores de 15 a 30 años, tal y como informa la jefa de rastreo en su informe”, sostiene la Sala.
El Tribunal admite que el 11 de mayo no autorizó el toque de queda por entender que la proliferación de los botellones debía ser controlada mediante la aplicación de la legislación ordinaria (ley de seguridad ciudadana y ordenanzas municipales) y no mediante el establecimiento de limitaciones a derechos fundamentales de la ciudadanía.
“Sin embargo, a la vista de la prueba aportada a este procedimiento, podemos afirmar que no nos encontramos ante el mismo tipo de actuaciones”, ha indicado, para añadir que “como ponen de manifiesto los informes policiales incorporados, particularmente el de Policía Foral, en los meses de junio y julio se vienen sucediendo reuniones generalizadas, por toda la geografía navarra y en ocasiones masivas de jóvenes en la vía pública, con asistencia ciertamente elevadas, fundamentalmente en horario nocturno y tras el cierre de los locales de hostelería y ocio”.
“Este tipo de reuniones se ha generalizado y se vienen sucediendo tanto en las principales ciudades navarras como en otras de menor población y se producen principalmente los fines de semana y los días en que ciertas localidades hubieran celebrado sus fiestas patronales de no mediar la pandemia”, argumentan los magistrados.
“Una nueva forma de ocio”
De ello se infiere, según exponen, que “no nos encontramos ante reuniones ocasionales de concretos grupos de gente que bebe en la vía pública, prohibidas por la ley de seguridad ciudadana y controlables con la intervención policial, sino ante una nueva forma de ocio que ha venido a sustituir a las fiestas patronales, festivales y encuentros semejantes, actualmente prohibidos por la situación epidemiológica que nos afecta”.
“La proliferación de este tipo de encuentros, su concentración en fines de semana y festivos en varias localidades a la vez permite entender que no se trata de los botellones a los que aludíamos en el meritado auto de fecha 11 de mayo de 2021 sino, como se ha indicado, de una nueva forma de ocio nocturno que efectivamente presenta imposibilidad en su control por parte del número de efectivos con los que cuentan los cuerpos de seguridad”, reiteran los jueces.
Esta circunstancia, según los magistrados “pertinentemente acreditada mediante los informes a los que se ha aludido, acredita la imprescindibilidad de la medida propuesta”, ya que, exponen, no existe otra menos limitativa para controlar uno de los ámbitos de riesgo en el que se están produciendo contagios, entre población que aún no está vacunada y en localidades con una incidencia acumulada del virus muy alta.
En este sentido, añaden, es preciso recordar que el adelanto del cierre de locales de hostelería a la una de la mañana, medida que también incide en el ocio nocturno acordado por Orden Foral 22/2021 y prorrogada por la Orden Foral 24/2021, no ha sido suficiente para controlar la expansión del virus en las localidades para las que se propone la limitación de la circulación nocturna.
Finalmente, recalca la Sala, “la medida ha de considerarse proporcionada, porque no impide la movilidad de forma absoluta”, ya que existen varias excepciones a esta limitación, y, además, no se extiende a toda la Comunidad Foral de Navarra, ni a todos los días de la semana, sino sólo a aquellos en los que se producen mayores contactos sociales (sábados, domingos, festivos, vísperas de fiesta y los coincidentes con fiestas patronales), y tiene una vigencia limitada en el tiempo (hasta las 0.00 horas del 30 de julio).
Galicia se suma
Por su parte, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) también ha autorizado este mediodía a la Xunta a limitar, en toda la comunidad autónoma, el número de personas que se pueden reunir en espacios públicos o privados -seis, en interiores; y diez, en exteriores-, así como prohibir encuentros con no convivientes durante la madrugada.
Los magistrados entienden que las medidas incluidas en la orden son “idóneas, necesarias y proporcionadas” para contener la expansión de la COVID-19, cuya transmisión se ha incrementado en las últimas dos semanas, al igual que las hospitalizaciones.
Las restricciones a las reuniones de madrugada entrarán en vigor a las 00.00 horas del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG), con lo que para que se puedan aplicar ya este fin de semana, la Xunta deberá publicar la orden en el un DOG antes de finalizar la jornada de este viernes. El TSXG avanza que estas restricciones se mantendrán hasta las 00.00 horas del 7 de agosto.
La sala considera que el Gobierno gallego ha justificado la existencia de un peligro para la salud de la población, que se puede ver agravado si esas medidas no se adoptan, así como que carece de otros medios menos agresivos para afrontarlo. Además, destaca que las medidas “responden a una situación clara de incremento del virus” y asegura que “no tienen un impacto significativo en el derecho de reunión, más necesitado de control en el horario nocturno, frecuentado en mayor medida por los jóvenes, más proclives al contacto social”.