Condenado a 23 años por matar a su bebé en Arcos (Cádiz)
Padece un trastorno psicótico.
La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a 23 años de cárcel a un hombre que padece un trastorno psicótico y que en el 2017 mató por asfixia a su bebe de nueve meses en su casa de Arcos de la Frontera (Cádiz) porque creyó recibir órdenes para ello en mensajes a su teléfono.
La sentencia de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz establece que el hombre cumplirá la condena en un centro penitenciario adecuado para el tratamiento de la enfermedad psiquiátrica que sufre y que le hace padecer síntomas alucinatorios y delirantes.
Tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular, la Audiencia condena al parricida a una pena de 23 años, cuatro meses y quince días, por un delito de asesinato con la agravante de parentesco y la eximente incompleta de alteración psíquica, y por lesiones a su expareja, a la que agredió cuando ella trató de proteger a su hijo.
En su veredicto, el jurado consideró probado que los hechos ocurrieron entre las 6:30 y las 8:20 horas del 1 de junio del 2017.
El acusado, su novia y el niño dormían en la misma cama aquella noche, ya que aún no habían montado la cuna para el bebé.
En un momento dado, el hombre se levantó y “tapó la nariz y la boca” del pequeño con el ánimo de matarle ya que, según explicó, creía recibir mensajes en su teléfono móvil que le decían que tenía que asfixiar al bebé o “que pronto llegaría el apocalipsis”.
La madre, sordomuda, tenía quitados los audífonos porque estaba durmiendo, pero finalmente se despertó e intentó auxiliar a su hijo.
El hombre la golpeó para apartarla y “lejos de atender” a los requerimientos” de su entonces pareja para que no hiciera daño al pequeño, apretó la cara del bebe contra su pecho, hasta asfixiarlo y dejarlo en el suelo, según recoge la sentencia.
Una vecina que oyó fuertes golpes procedentes del domicilio de la pareja avisó a la Policía Local, tras lo que tanto agentes de ese cuerpo como la Guardia Civil se personaron en la vivienda, cuya puerta abrió el mismo parricida.
La sentencia le impone la prohibición de comunicarse con su expareja y madre del bebé o aproximarse a ella a menos de doscientos metros, y libertad vigilada por un plazo de cinco años una vez haya cumplido la pena de prisión.
El condenado deberá también indemnizar a la mujer con 87.900 euros por el fallecimiento del hijo que tenían en común y con 626 euros por las lesiones que le ocasionó.