Una nueva ley devuelve miles de euros a hipotecados
Muchos clientes han asumido gastos que realmente tenía que pagar el banco.
Pese a la gran subida que ha experimentado el Euríbor en los últimos tiempos, no todo son malas noticias para los hipotecados, ya que muchos podrían recibir una cantidad importante de dinero.
Todo parte de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. La misma, tras muchos años de dudas, aclara quién debe asumir cada uno de los gastos que conlleva escriturar e inscribir en el Registro de la Propiedad un préstamo hipotecario.
En concreto, los diferentes gastos que conlleva escriturar e inscribir una hipoteca son los siguientes: honorarios de la notaría, del Registro de la Propiedad y de la gestoría, precio de la tasación e impuesto sobre los actos jurídicos documentados (IAJD).
Respecto a la distribución de esos gastos, la ley estipula que “los gastos de tasación del inmueble corresponderán a prestatario y los de gestoría al prestamista”; “el prestamista asumirá el coste de los aranceles notariales de la escritura de préstamo hipotecario y los de las copias los asumirá quien las solicite”; “los gastos de inscripción de las garantías en el registro de la propiedad corresponderán al prestamista” y “el pago del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados se realizará de conformidad con lo establecido en la normativa tributaria aplicable”.
Devolución del dinero
En la mayoría de casos, los bancos habían exigido a los clientes costear la totalidad de esos gastos de inscripción y registro de las hipotecas. Sin embargo, esta ley ha hecho que a partir de 2019 las entidades financieras se hayan visto obligadas a pagar todos los gastos excepto los de tasación, que corresponden al prestatario (la persona que recibe el préstamo).
En cualquier caso, lo más destacable es que las personas que firmaron una hipoteca antes de 2019 también pueden beneficiarse y lograr que se les devuelva la suma de dinero que tenía que haber abonado el banco.
Ello se debe a que, aunque la ley no reconoce el carácter retroactivo de la medida, sí que existe una sentencia del Tribunal Supremo que ha considerado como abusivo el hecho de que todos los gastos de inscripción y registro del préstamo hipotecario fueran sufragados por el prestatario.
Esa decisión judicial del Tribunal Supremo permite que todas las personas que firmaron una hipoteca anterior a la entrada en vigor de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y costearon la totalidad de los gastos, puedan reclamar que su banco les devuelva parte de lo pagado.
Se estima que la cifra a devolver en una hipoteca media (150.000 euros) puede alcanzar los 1.500 euros. Si el préstamo firmado es mayor, la cantidad que tendría que devolver el banco también sería superior.
Cómo reclamar la devolución de los gastos hipotecarios
Para reclamar la devolución de los gastos hipotecarios, el punto de partida es recopilar las distintas facturas asociadas a esos gastos (notaría, gestoría, Registro de la Propiedad, tasación, etc.).
El segundo paso es interponer una reclamación extrajudicial al banco con el que se firmó la hipoteca para tratar de llegar a un acuerdo sin tener que recurrir a los tribunales. Si en el plazo de un mes no se ha recibido respuesta por parte de la entidad, se puede emprender la vía judicial interponiendo una demanda para reclamar el dinero.