Minimizando las conductas de violencia de género
En 2013 se archivaron el 42% de las denuncias interpuestas en los juzgados de violencia de género. Una cifra que muestra la falta de credibilidad que se otorga a las víctimas que animamos constantemente a denunciar, pero a quienes se les deniegan las pruebas que solicitan.
En estas fechas, con motivo del 25 de noviembre, Día Internacional de la Violencia de Género, nos acordamos de todas las víctimas y de sus hijos, hablamos de ellos, se sensibiliza a la sociedad de esta situación y se anima a las mujeres a que interpongan una denuncia. Cuando hay una mujer que fallece víctima de una agresión, se aprovecha también, en muchas ocasiones, para explicar que no había puesto denuncia y prácticamente se da a entender que si hubiera interpuesto la misma, se habría podido evitar ese asesinato, ya que la sociedad habría puesto los medios necesarios para ayudarla. Se trasmite reiteradamente que no está sola, que denuncie.
Estamos asistiendo a una situación que pudiera ser calificada como esquizofrénica. Por una parte, animamos de forma reiterada a denunciar a las mujeres, pero cuando estas llegan al juzgado, en muchos casos se cuestiona su testimonio. Paradójicamente, los profesionales de la justicia, incluidos los jueces y juezas titulares de los juzgados de violencia sobre la mujer, cuestionan las denuncias interpuestas en esta materia pensando que lo que se busca es conseguir una separación inmediata, como argucia para no tener que acudir a un proceso civil u otros fines espurios. Así, salvo cuando existen agresiones físicas, y a veces incluso existiendo, es frecuente que si una mujer denuncia y solo tiene como prueba su testimonio, se deniegue la orden de protección. Incluso se archiva la denuncia, teniendo que volver a convivir ambos bajo el mismo techo si la mujer no decide abandonar la vivienda para salir de esa situación, lo cual no siempre es posible.
Cuando se conceden las órdenes de protección, prácticamente en ningún caso se concede, como medida cautelar, el distanciamiento de los hijos del denunciado, ya que en general los juzgados consideran completamente desproporcionada esta medida. Así, de 23.344 órdenes de protección adoptadas en 2013, sólo en 613 ocasiones se adoptó una medida de suspensión del régimen de visitas para con los menores, lo que representa el 2,63% de las órdenes.
Lamentablemente hace pocos días hemos asistido a dos casos en los que la justicia ha fracasado escandalosamente, ya que no se adoptó ninguna medida que hubiera podido evitar la tragedia, siendo asesinada en un caso una mujer y su hija y en otro las hijas de la mujer que denunció. En ambos no se adoptó medida alguna de protección a las víctimas y se archivó el procedimiento, no se efectuó la más mínima investigación, y se consideró que la declaración de la víctima era insuficiente.
Estos casos han saltado a la opinión pública pero hay muchos casos que se desconocen y que se archivan. En concreto, en 2013 se archivaron el 42% de las denuncias interpuestas en los juzgados de violencia de género. Una cifra que muestra la falta de credibilidad que se otorga a las víctimas que animamos constantemente a denunciar, pero a quienes, cuando denuncian e incluso solicitan pruebas indiciarias para acreditar ese maltrato al que han sido sometidas -como puede ser un informe psicológico-, se les deniega la prueba solicitada y se archiva el procedimiento.
Algo se está haciendo mal, no se puede animar a denunciar a las víctimas y al mismo tiempo no hacer una investigación exhaustiva y acorde con las necesidades de este tipo de delitos, cuestionando la credibilidad de las víctimas y archivando los procedimientos en un porcentaje tan elevado. Estas actuaciones a las que podríamos calificar de maltrato institucional condenan a las mujeres a convivir con su maltratador o a esconderse, porque a las que denuncian y se les archivan las denuncias saben que ya no podrán recurrir a la justicia solicitando ayuda, exponiéndose como mínimo a una nueva agresión y llegando, en algunos dramáticos casos, a ser asesinadas ellas mismas o sus hijos e hijas.
En estos casos, en los que se pidió protección y la misma no fue dada, el Estado es responsable y deberá reconocer el daño causado, adoptando medidas para erradicar las malas prácticas judiciales y adoptando medidas de reparación del daño causado.
Nota: datos informe Consejo General del Poder Judicial 2013