El Constitucional estudia permitir el pleno independentista
El Pleno del Tribunal Constitucional se reúne este jueves para abordar la admisión a trámite de los recursos de amparo planteados por PP, C's y PSC contra la tramitación parlamentaria de la resolución independentista de JxSí y la CUP.
Decidirá además si adopta las medidas cautelares planteadas por los dos primeros para evitar 'de facto' el debate en el Pleno previsto para el día 9, en la que se tratará la propuesta secesionista, han informado fuentes del alto tribunal. Fuentes del tribunal consultadas por los diarios El País, ABC y La Razón aseguran que el Constitucional se inclina por no suspender el pleno independentista.
En concreto, y según El País, una amplia mayoría de los magistrados tiene la intención de admitir a trámite los tres recursos de amparo y no atender las medidas cautelares que reclaman que el Constitucional prohíba la celebración de la sesión plenaria del próximo 9 de noviembre, en la que se tratará la propuesta secesionista.
"No debemos prohibir un debate, aunque sea de cuestiones inconstitucionales", señalan las fuentes consultadas por el diario. El Tribunal podría, por tanto, pronunciarse sólo a posteriori.
De hecho, la suspensión del debate como medida previa a la discusión del fondo del asunto tan sólo ha sido planteada en los recursos de C'd y del PP mientras que el PSC no la ha incluido al entender que el tribunal de garantías no la aceptara, tal y como ha manifestado ante las puertas del tribunal el propio líder de la formación, Miquel Iceta.
Así, gran parte del debate se centrará, precisamente, en la procedencia de adoptar o no estas medidas inmediatas que se solicitan por el PP "inaudita parte", es decir, sin esperar a que los impulsores de la propuesta independentista puedan realizar sus alegaciones ante el TC.
De este modo, además de discutir si admite o no los recursos de amparo planteados, el TC debe decidir este jueves si da traslado o no de los recursos a la Generalitat antes de adoptar alguna decisión sobre el debate parlamentario del próximo día 9.
DIFERENCIAS CON PLAN IBARRETXE
En cuanto a los antecedentes jurídicos, no existen según las mismas fuentes, que diferencian este caso del que llevó al TC, en abril de 2004, a rechazar los recursos presentados por el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero contra los acuerdos del Gobierno Vasco que aprobaron el denominado "Plan Ibarretxe" y contra la decisión de la Mesa del Parlamento vasco que dio luz verde al inicio de la tramitación del proyecto.
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En este caso se trataba de recurso de inconstitucionalidad, y además presentado por el Gobierno -lo que conlleva suspensión de ser admitido a trámite-, mientras que las iniciativas presentadas este miércoles son recursos de amparo firmados por grupos parlamentarios.
Siempre que se han pedido medidas cautelares en un recurso de amparo se ha hecho para tratar de dejar en suspenso ejecuciones de sentencias cuyo cumplimiento podría afectar gravemente a derechos fundamentales de las personas. Además, el Tribunal Constitucional sólo ha acordado este tipo de medidas de forma excepcional.
MAYORÍA CONSERVADORA
El TC, integrado actualmente por once magistrados tras el fallecimiento de Luis Ortega el pasado 15 de abril, tiene una clara mayoría conservadora al haber sido siete de sus magistrados -entre ellos su presidente Francisco Pérez de los Cobos- designados con un claro apoyo del PP frente al resto de miembros, tres de los cuales -Adela Asúa, Juan Antonio Xiol y Fernando Valdés-, se incardinan en la denominada ala progresista; a todos ellos se suma Encarnación Roca, propuesta por el Parlamento catalán en 2010 con el visto bueno de Convergencia y de Unió.
En su recurso, el PP alega que en este caso es aplicable artículo 56.6 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) y por tanto puede acordarse la "suspensión inaudita parte" -es decir, antes de deliberar sobre cualquier otra consideración-, de los actos recurridos en el momento de admitirse a trámite su recurso de amparo, "por concurrir un supuesto de urgencia excepcional".
Según advierte el PP en su recurso, en el caso de no adoptarse la medida de "suspensión inaudita parte" y con carácter urgente, se perdería la finalidad del recurso de amparo "de forma evidente" ya que la deliberación y votación en el Pleno del Parlamento catalán de la propuesta de resolución se ha anunciado para el próximo día 9.
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Muy al contrario, "ningún perjuicio se irroga al interés público por la suspensión, sino, en el presente caso, "el daño al interés público se produce por permitir el debate y la aprobación de la resolución", añaden.
Por su parte, C's solicita al TC que otorgue "de forma inmediata la medida cautelar de suspensión de los acuerdos recurridos contra los que se dirige este amparo, dada la extraordinaria gravedad que para la supervivencia del propio orden constitucional tiene los acuerdos impugnados".