El Gobierno, preparado para recurrir la consulta cuando la convoque Mas
Todos atentos este jueves a Escocia y su referéndum de independencia. Aunque los principales dirigentes políticos españoles marcan las distancias entre esa región y Cataluña, esta consulta es crucial para el futuro de la comunidad autónoma.
Este viernes será un punto de inflexión en el proceso soberanista. El Parlament dará luz verde previsiblemente a la ley de consultas, que servirá de respaldo legal al presidente de la Generalitat, Artur Mas, para convocar el 9-N.
¿Qué hará entonces el Gobierno? ¿Qué plazos maneja? El jefe del Gobierno, Mariano Rajoy, prevé convocar una reunión extraordinaria del Consejo de Ministros para recurrir ante el Tribunal Constitucional la consulta que pretende celebrar Mas, una vez que el presidente de la Generalitat firme el correspondiente decreto.
Una vez aprobada la ley de consultas, será cuando el presidente de la Generalitat podrá firmar el decreto de convocatoria para que sea publicado en el Diario Oficial de Cataluña.
Esta firma es la que condiciona el momento en que Rajoy decidirá cuando va a celebrarse una reunión extraordinaria del Consejo de Ministros para aprobar la presentación de dos recursos: uno contra la ley de consultas y otro contra el decreto de Mas.
"No hay que avanzar acontecimientos", han señalado a Efe fuentes del Ejecutivo que han reconocido, no obstante, que "hay mucho trabajo hecho ya" ante la presentación de esos dos recursos.
UNA INTENSA TARDE DE VIERNES
Si Mas decidiera firmar el decreto de convocatoria este viernes, una vez aprobada la ley de consultas, el Gobierno prevé celebrar durante el fin de semana el Consejo de Ministros extraordinario, aprobar los dos recursos y presentarlos el lunes ante el Tribunal Constitucional (TC).
En caso de que el presidente de la Generalitat esperara al lunes, día 22, el Consejo podría convocarse esa misma jornada porque la respuesta, según se asegura desde el Gobierno, "será inmediata en cualquier caso".
Por ello y aunque no prevé que Mas dilate tanto su rúbrica, también se tiene en cuenta la opción de que espere a hacerlo a que Rajoy haya iniciado la próxima semana un viaje oficial a China.
Eso no alteraría los planes del Gobierno porque el Consejo se celebraría de igual modo presidido por la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría.
A LA ESPERA DE MAS
Pero el Ejecutivo tampoco descarta que, en caso de que la firma de Mas no sea inmediata, pueda aprobar un primer recurso exclusivamente contra la ley de consultas, que, en caso de ser admitido a trámite por el TC, impediría que Mas se amparara en esa norma para citar a los catalanes el 9N.
Las diversas posibilidades existentes serán comentadas en la reunión ordinaria que celebrará el viernes por la mañana el Consejo de Ministros.
Además, el Ejecutivo recalca que la atención que requiere este asunto no le distrae de seguir con su agenda prevista y subraya que, de hecho, mañana el eje del Consejo sea la aprobación de nuevas reformas en el ámbito de la administración anunciadas por Rajoy.
Asimismo, el presidente del Gobierno tiene previsto el sábado un viaje a Santander para asistir a las regatas del Mundial de Vela de clases olímpicas 2014.
Una vez que el Gobierno decida recurrir, pedirá un informe al Consejo de Estado y ordenará el trámite correspondiente a la Abogacía del Estado, que deberá presentar los recursos en el Registro del Tribunal Constitucional, cuyo horario es de 9:30 a 15 horas de lunes a viernes.
Otra fórmula válida es la de la presentación de los escritos en el juzgado de guardia de Madrid, que a su vez debería trasladarlo al Constitucional, pero este suele ser un método sólo usado cuando se acaba el plazo de interposición de recurso, lo que no ocurre en este caso.
EL TURNO DEL CONSTITUCIONAL
El TC tiene previsto celebrar la próxima semana un pleno que comenzará el martes, día en el que una de sus primeras decisiones, según han informado a Efe fuentes del tribunal, sería la suspensión de la consulta.
Esa suspensión y la del decreto de convocatoria del 9N serán efectivas cuando el TC acuerde la admisión a trámite de los recursos, lo que tiene que decidirse en una reunión de los doce magistrados del tribunal de garantías constitucionales.
La suspensión es automática, sin necesidad de justificación, cuando es el Gobierno el que presenta los recursos de inconstitucionalidad y la solicita de forma expresa.
La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional impone que el tribunal de garantías deba decidir si prolonga esa suspensión temporal antes de que pase un plazo de cinco meses o, en su caso, levantarla.
Por tanto, aunque la suspensión es cautelar y no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto, podría extenderse hasta que el TC resuelva sobre el fondo del recurso, es decir, la legalidad de ambas iniciativas.
EL EXAMEN DEL TC
En sendas providencias, al tratarse de dos recursos, el pleno del Constitucional dará traslado de su decisión a la Generalitat y el Parlament de Cataluña para que en el plazo de quince días se persone en el proceso y formule las alegaciones oportunas.
Conforme a la legislación, también dará traslado de la demanda y de los documentos presentados al Congreso y al Senado.
En aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, y conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, la resolución indicará que para las partes del proceso se suspende la aplicación del precepto impugnado desde la misma fecha en la que se interpuso el recurso del Gobierno.
La providencia añadirá que "para los terceros", la suspensión será efectiva desde el día en que la suspensión aparezca publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).