Gallardón niega que se vaya a limitar la libertad de información en la nueva ley procesal penal
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha asegurado que "en ningún caso" el Gobierno establecerá medidas que acoten el derecho de información en la futura Ley de Enjuiciamiento Criminal, aunque se limitará el máximo posible cualquier "perturbación" del secreto del sumario.
Así lo ha explicado el ministro en los pasillos del Congreso en relación a la polémica que se ha levantado por la propuesta de la comisión de expertos de ordenar a los medios de comunicación el cese de las publicaciones declaradas secretas.
A este respecto, Gallardón ha admitido que la información es un derecho "de carácter preferente" en base a la "rotunda" jurisprudencia emitida por el Tribunal Constitucional sobre este asunto.
"Por lo tanto, nosotros tenemos que adoptar medidas, lo haremos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, dirigidas a limitar lo máximo posible cualquier tipo de perturbación sobre las actuaciones sumariales", ha aseverado Gallardón, para insistir en que, "en ningún caso, se establecerá ninguna medida limitadora del derecho a la información".
Además, ha subrayado la importancia de otra medida, sugerida por la comisión de juristas, y basada en que las causas bajo secreto de sumario no se puedan prolongar "indefinidamente", ya que ello acaba "perturbando" el buen fin de las mismas.
El departamento de Justicia, que en octubre llevará este proyecto redactado al Consejo de Ministros, ha precisado a Europa Press que el texto no adoptará ninguna medida contra los informadores, siempre y cuando su publicación no colisione con el derecho a la intimidad o al honor de los ciudadanos con la publicación de informaciones que puedan considerarse "difamantes".
LOS PLANTEAMIENTOS DE LOS EXPERTOS
La propuesta del nuevo Código Procesal Penal, recogida por Europa Press, fija un plazo máximo de doce meses para mantener secreta la investigación y recoge que el tribunal podrá acordar, "previa ponderación de los intereses en conflicto", el cese de la difusión cuando un medio la divulgue, siempre y cuando pudiera comprometer "gravemente" el derecho a un proceso justo o los derechos fundamentales de los afectados.
La propuesta de la comisión institucional dedica un capítulo específico a la 'Publicidad de las actuaciones' en el que regula la presencia de los medios de comunicación en el juicio, la información del proceso o la prohibición "excepcional" de revelar determinadas informaciones cuando es necesario para preservar el orden público, la seguridad nacional, los intereses de los menores o la protección de la vida privada de las partes, entre otros motivos.
En este último apartado, se contempla la posibilidad de que "si se difundiere públicamente por cualquier medio información sobre el proceso, con vulneración del secreto de las actuaciones o en su caso de los deberes de sigilo y reserva previstos en este Título, el Tribunal de oficio o instancia del Ministerio Fiscal podrá acordar, previa ponderación de los intereses en conflicto el cese de la difusión, siempre que esta pudiere comprometer gravemente el derecho a un proceso justo o los derechos fundamentales de los afectados".