Ouigo asesta un golpe maestro a sus competidores con una nueva indemnización por los retrasos

Ouigo asesta un golpe maestro a sus competidores con una nueva indemnización por los retrasos

Se convierte en la única en el país que ofrece indemnizaciones a los pasajeros por retrasos desde los 30 minutos.

Un tren de Ouigo en la estación de Alicante.Tamara González Sánchez

Ouigo, la operadora de trenes de Alta Velocidad con tarifas económicas en España, reafirma su política de compensaciones, convirtiéndose en la única en el país que ofrece indemnizaciones a los pasajeros por retrasos desde los 30 minutos. Esta medida, que antes Ouigo brindaba a sus clientes afectados por problemas como un gesto comercial, ahora se integra en las Condiciones Generales de Venta, mostrando un compromiso con los usuarios que supera los requisitos legales, los cuales establecen compensaciones obligatorias a partir de los 60 o 90 minutos de demora. Así, la empresa establece esta práctica como un pilar esencial de su promesa de calidad.

Este planteamiento refuerza el compromiso de la empresa con la satisfacción del cliente, así como con la puntualidad y la excelencia en el servicio ferroviario en España. Como prueba de ello, Ouigo es la operadora de Alta Velocidad con menos trenes retrasados: solo el 4,89% de sus servicios llega con más de 15 minutos de demora, en comparación con el 6,30% de media en el sector en España (según datos de la CNMC).

Ouigo busca asegurar a sus pasajeros que llegarán puntualmente a su destino. En caso de retrasos en la llegada del tren a la estación final o a estaciones intermedias, la empresa notifica a los usuarios de manera proactiva el mismo día mediante un correo electrónico, informándoles sobre su derecho a compensaciones y proporcionando instrucciones claras y detalladas para gestionarlas eficazmente. Así, Ouigo es la única operadora en España que notifica directamente a sus clientes, sin necesidad de que estos lo soliciten.

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Además, Ouigo indemniza tanto los retrasos como las cancelaciones más allá de lo que exige la ley, sin importar la causa del retraso, ya sean causas de fuerza mayor o ajenas a la empresa, lo cual no es un estándar general en el mercado.