Esto es lo que dice la ley sobre si es obligatorio o no dar cesta de Navidad
La respuesta no es tan sencilla y depende de varios factores legales y contractuales.
La entrega de cestas de Navidad por parte de las empresas a sus empleados es una tradición muy arraigada en España. Sin embargo, cada año surge la misma pregunta: ¿es obligatorio que las empresas entreguen estas cestas? La respuesta no es tan sencilla y depende de varios factores legales y contractuales. En este artículo, exploraremos en detalle qué dice la ley sobre la obligatoriedad de las cestas de Navidad, los procedimientos y trámites relacionados, y los derechos de los trabajadores en este contexto.
La Navidad es una época de celebración y gratitud, y muchas empresas aprovechan esta ocasión para mostrar su aprecio hacia sus empleados mediante la entrega de cestas de Navidad. Estas cestas suelen incluir una variedad de productos, desde alimentos gourmet hasta bebidas alcohólicas, y son esperadas con ilusión por muchos trabajadores. Sin embargo, la cuestión de si esta práctica es un derecho adquirido o simplemente un gesto voluntario por parte de la empresa ha sido objeto de debate y litigios en los tribunales.
La ley no obliga a las empresas a dar cestas de Navidad, salvo que esté pactado en convenio o contrato. En términos generales, la entrega de cestas de Navidad no está contemplada como una obligación en el Estatuto de los Trabajadores, la principal normativa laboral en España. Esto significa que, por defecto, las empresas no están obligadas a proporcionar estas cestas a sus empleados. Sin embargo, existen excepciones basadas en acuerdos específicos, convenios colectivos o prácticas empresariales continuadas.
Uno de los principales factores que pueden convertir la entrega de cestas de Navidad en una obligación es la existencia de un acuerdo o convenio colectivo que lo estipule. Los convenios colectivos son acuerdos negociados entre los representantes de los trabajadores y los empleadores que regulan las condiciones laborales en un sector o empresa específica. Si un convenio colectivo incluye la entrega de cestas de Navidad como un beneficio para los empleados, entonces la empresa está legalmente obligada a cumplir con esta disposición.
Otra situación en la que la entrega de cestas de Navidad puede considerarse obligatoria es cuando se ha convertido en una práctica habitual y continuada en la empresa. Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, si una empresa ha estado entregando cestas de Navidad de manera regular y constante durante un periodo prolongado, esta práctica puede ser interpretada como una "condición más beneficiosa" para los trabajadores. En este caso, la empresa no puede dejar de entregar las cestas sin una causa justificada o sin negociar previamente con los representantes de los trabajadores.
Si un trabajador considera que tiene derecho a recibir una cesta de Navidad y la empresa no la entrega, existen varios pasos que puede seguir para reclamar este derecho. En primer lugar, es recomendable que el trabajador se dirija al departamento de recursos humanos de la empresa para intentar resolver la situación de manera amistosa. Si esto no es posible, el siguiente paso sería presentar una reclamación formal por escrito. En caso de que la reclamación no sea atendida, el trabajador puede acudir a la vía judicial. Para ello, deberá presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social, argumentando que la entrega de la cesta de Navidad es un derecho adquirido o está estipulada en un convenio colectivo. Es importante contar con pruebas documentales que respalden la reclamación, como copias del convenio colectivo, comunicaciones internas de la empresa o testimonios de otros empleados.
La jurisprudencia sobre la obligatoriedad de las cestas de Navidad ha evolucionado en los últimos años. Una sentencia clave del Tribunal Supremo en 2015 estableció que la entrega continuada de cestas de Navidad puede considerarse una condición más beneficiosa para los trabajadores, siempre que se demuestre la intención de la empresa de mantener esta práctica de manera regular. Esta sentencia ha sido citada en numerosos casos posteriores y ha sentado un precedente importante en la materia. Además, es relevante mencionar que la entrega de cestas de Navidad debe reflejarse en las nóminas de los empleados como una retribución en especie. Esto implica que las empresas deben descontar el valor de las cestas del pago del IRPF y incluirlo en la base de cotización a la Seguridad Social.