Denuncian al Rey Baltasar por un 'caramelazo' y el juez se lo toma a broma
Una demanda surrealista y un juez que no dejó pasar la ocasión para darle un toque de humor a la sentencia.
Han pasado 15 años desde que la Cabalgata de Reyes de Huelva pusiese el colofón a las celebraciones de Navidad en la capital onubense y, como se explica en la web Confilegal, lo hiciese con giro de guion que no podían esperar ni Melchor, ni Gaspar, ni el mismísimo Baltasar: una mujer decidió llevar a este último ante la justicia española por culpa de un "caramelazo" que, según ella, le provocó lesiones en el ojo. Lo más curioso de la denuncia, sin embargo, es que se dirigía contra el auténtico Rey Mago y no contra el actor.
El caso terminó en el Juzgado de Instrucción Nº4 de Huelva, donde el magistrado Javier Pérez Minaya convirtió el escrito de su sentencia cargado de lógica jurídica… y de un buen toque de ironía judicial. En su auto, el juez recordó que el acto de tirar caramelos es una tradición fundamental en las cabalgatas de reyes y que, sin ellos, el evento perdería todo su sentido. Pero no se quedó ahí. En tono jocoso, planteó dudas sobre la inmunidad del Rey Mago: "Si realmente fuese el Rey Mago Baltasar, estaríamos ante un supuesto de inmunidad de jurisdicción, dado su origen oriental”. Además, recordó que "después de más de 2.000 años, sigue sin resolverse el debate sobre su verdadero país de origen".
Más allá de la ironía del auto judicial, el magistrado recordó a la denunciante que, según el Código Penal, no puede aplicarse ninguna pena sin dolo o imprudencia y archivó el caso. Eso sí, no sin antes aclarar que perseguir legalmente a los Reyes Magos es algo excesivo.
Otros golpes menos dulces
El dulce incidente de Huelva no es el único caso peculiar vinculado a una Cabalgata de Reyes en España. En 2017, un motorista de Sevilla fue víctima de una caída por culpa del jabón que dejó el servicio de limpieza a su paso de la comitiva. El accidente, que le causó graves lesiones y daños en su vehículo, se cerró con una sentencia que condenaba a la empresa Lipasam a indemnizarlo con cerca de 20.000 euros.
Dos años más tarde, en 2019 y en el municipio de Leganés, un agente de la policía local llevó hasta el Supremo una denuncia contra el Ayuntamiento madrileño por la aprobación de servicios extraordinarios para la Cabalgata de ese año. El agente argumentó que estos eventos eran recurrentes, pero el Alto Tribunal respaldó al consistorio y recordó al agente que la alerta antiterrorista vigente por entonces justificaba el refuerzo de la vigilancia.