¿Cuánto te puedes ahorrar por el material escolar si eres de Asturias en tu Declaración de la Renta?
Muy similar al que se se puede deducir en otras comunidades como Aragón o Canarias.
Cuando llega la hora de la vuelta a los colegios, el presupuesto familiar siempre recibe una reducción extra en ocasiones excesiva. Un golpe al monedero similar a cuando llega Navidad y hay que comprar los regalos. Sin embargo, es necesario conocer la posibilidad que dan algunas comunidades autónomas de deducir el gasto del material escolar.
Para ello hay que saber que no en todas las comunidades es posibles y en las que sí existen ciertos requisitos y limitaciones a la hora de aplicar una deducción en la declaración de la renta.
Antes de comprobar si en tu comunidad autónoma es posible, debes tener en cuenta una serie de factores a cumplir para deducir el gasto: es necesario convivir con el descendiente y que este sea menor de 25 años; no superar una cierta cantidad de ingresos, cuyo límite está marcado por la comunidad autónoma; el tipo de gasto y el tipo de familia y declaración (individual y conjunta).
Libros de texto y material escolar, principal deducción en Asturias
Antes de aplicar la deducción es importante revisar los requisitos para deducir en la comunidad autónoma en la que residas, en este caso Asturias, ya que en el borrador de la declaración que ofrece Hacienda a través de RentaWeb no están incluidas las deducciones autonómicas a las que tiene el derecho el contribuyente.
Por lo que antes de presentar la próxima declaración de la renta, hay que comprobar si la comunidad en la que reside está en la lista de las que permite deducir el gasto escolar.
En el caso de Asturias sí es posible deducir estos gastos, principalmente en los libros de texto de primaria y secundaria y el material escolar utilizados para estos niveles educativos.
La deducción oscila entre los 25 y los 100 euros, siempre dependiendo si la familia a la que perteneces es numerosa o no, si la declaración es individual o conjunta (los progenitores tienen cada uno el derecho del 50%) y del importe total de la base imponible del contribuyente. Por ejemplo, el máximo de base permitido para deducir en una familia no numerosa es de 12.500 euros en declaración individual y 25.000 en la declaración conjunta.