Desgravar los gastos escolares en Andalucía: libros de texto, material y extraescolares en la Renta
Cumpliendo una serie de requisitos exigidos por la comunidad autónoma andaluza.
La vuelta a los colegios supone siempre un gasto extra en el presupuesto familiar, similar al que se suele tener en Navidad cuando se compran los regalos.
Algunas comunidades autónomas reducen este golpe al monedero al dar lo posibilidad a sus residentes de deducir algunos de los gastos en la declaración de la renta. Sin embargo, no todos pueden desgravar el coste ya que hay ciertos requisitos exigidos por cada comunidad, según la OCU: convivir con el descendiente, que debe tener menos de 25 años; un límite de ingresos diferente en cada comunidad; el tipo de gasto como los libros de texto, material escolar o uniformes; y los tipos de familia y declaración.
¿Qué gastos escolares se pueden desgravar en Andalucía?
Dependiendo de la comunidad autónoma en la que se resida, se podrá deducir unos gastos escolares concretos. Por lo tanto, es importante revisar los requisitos para deducir en la comunidad autónoma y tener en cuenta que en el borrador de la declaración de Hacienda no están incluidas las deducciones autonómicas a las que tiene derecho el contribuyentes.
Por lo general, los contribuyentes que residen en la comunidad andaluza pueden deducir el 15% de lo que paguen por los gastos de enseñanza escolar o extraescolar de idiomas e informática.
Sin embargo, existe un límite: el importe máximo no puede superar los 150 anuales por descendiente, es decir, si hay dos descendientes (con los que se conviva y tengan menos de 25 años), se podrá deducir un máximo de 300 euros.
En Andalucía hay un requisito para la deducción, solo se puede aplicar si la base imponible total del contribuyente no supere los 80.000 euros brutos en tributación individual o 100.000 euros en conjunta.
No es posible deducir libros de texto, a diferencia de otras comunidades como Aragón, Asturias, Islas Baleares o Canarias, cada una con un límite y diferentes requisitos.