La exconsellera Pradas pide archivar la causa penal de la DANA y no ser la "cabeza de turco"
Su defensa asegura que la tragedia fue fruto de "un fenómeno de imposible previsión o en su defecto, de evitación"

La defensa de la exconsellera de Justicia de la Generalitat Valenciana Salomé Pradas ha pedido que se archive la causa penal de la dana y ha calificado de "absolutamente inadmisible que se seleccione como cabeza de turco" a su representada "con la pretensión de poder atribuirle la responsabilidad penal" de los fallecimientos.
Así consta en un recurso de apelación al que ha tenido acceso EFE presentado a la jueza de Catarroja que instruye la causa contra el auto por el que fue imputada, junto al ex número dos de la Conselleria, Emilio Argüeso, en la causa que investiga las muertes y lesiones por la dana del 29 de octubre, que dejó 225 muertos y 3 desaparecidos.
Además de enfocar el "origen principal" de lo sucedido a la "inexistencia de las obras de encauzamiento de los ríos que arrastraron las aguas por el barranco del Poyo, obras no ejecutadas por decisiones de Administraciones anteriores", ha añadido que "nadie ha atentado contra la vida de los fallecidos" y la causa fundamental de esas muertes fue "la magnitud de una catástrofe natural". Esta, "por sus características y velocidad de su curso", constituyó "un fenómeno de imposible previsión o en su defecto, de evitación", por lo que lo "procedente es el archivo", ha afirmado en el recurso.
El orden penal "no es el idóneo"
Los abogados que representan a Pradas opinan que la causa judicial contra la gestión de la dana "debe reconducirse" a evitar que los hechos vuelvan a suceder y a reparar a las víctimas. "El orden penal no es el idóneo", han sostenido.
Seguir en la vía penal, exponen, es una tarea "verdaderamente hercúlea por su complejidad, extensión, duración en el tiempo, personas físicas y jurídicas involucradas" y coste, que "sólo conduce a la consiguiente frustración de las víctimas, muchas de las cuales probablemente ni siquiera alcanzarán a ver el final de ese incierto camino".
"En España ocurren de vez en cuando tragedias de la naturaleza que producen gran cantidad de víctimas en muy poco espacio de tiempo", defiende, y ponen de ejemplo la riada de Valencia de 1957 o la pandemia de covid-19, en las que no se responsabilizó penalmente a ninguna autoridad.
El origen de lo sucedido
Además, sostienen que "el origen principal" de lo sucedido "no fueron tanto las lluvias, sino la inexistencia de las obras de encauzamiento de los ríos que arrastraron las aguas por el barranco del Poyo, obras no ejecutadas por decisiones de Administraciones anteriores".
En concreto, se cita la presa de Cheste en 2005 y las obras del encauzamiento del barranco del Poyo que se iban a hacer en 2011 y "tampoco se hicieron; eso sí que hubiera evitado las muertes que desgraciadamente se produjeron", asegura la defensa de la exconsellera de Justicia e Interior.
También señala que "no es admisible centrar la cuestión" en el retraso del envío del mensaje de alerta a la población, porque "en los hechos intervinieron por acción u omisión innumerables organismos de las distintas Administraciones", y porque "no es verdad que existiera un mando único", sino un Cecopi.
Según la defensa de Pradas, hay que cerrar este procedimiento, cuyas diligencias suman ya 13 tomos, "lo antes posible y dirigir el tiro al ámbito donde procede: el contencioso-administrativo", mientras que lamenta que se atribuya a Pradas la "máxima autoridad" en la emergencia, "obviándose que existía codirección con la delegada del Gobierno", en alusión a Pilar Bernabé.
Por último, cuestiona que la jueza parta "del apriorismo de que exclusivamente 'correspondía a las autoridades autonómicas alertar a la población'", porque las competencias en la dana "no se refieren sólo a protección civil" y "el Estado tiene igualmente competencias y de él dependen organismos que también participaron de modo relevante en los hechos", como la Delegación del Gobierno, Aemet y la Confederación Hidrográfica del Júcar.