Griñán no entra en prisión: la Audiencia de Sevilla suspende cinco años la pena por enfermedad
El expresidente de la Junta de Andalucía fue condenado a seis años de cárcel por malversación en el procedimiento específico de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos.
Griñán no entrará en prisión por la condena del 'caso ERE', al menos, en el próximo lustro. Esta es la decisión que ha tomado la Audiencia de Sevilla este lunes, por la que ha acordado suspender durante cinco años la pena de seis años y un día de cárcel impuesta al expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, por malversación en el procedimiento específico de financiación de los expedientes de regulación de empleo fraudulentos.
La medida llega después de que un informe forense desaconsejase el ingreso del exmandatario de la Junta andaluz, a razón del cáncer de próstata que padece. Una valoración experta que se sustenta en el artículo 80.4 del Código Penal. Así ha quedado recogido en una providencia de dicha instancia que sido dada a conocer esta tarde por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
En ese artículo se establece que "los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables".
El informe forense, clave en la decisión
Precisamente, el informe elaborado por una especialista del Instituto de Medicina Legal (IML) de Sevilla se presume clave en la decisión. En dicha valoración, se expone que Griñán padece "una enfermedad muy grave con padecimientos incurables". Por lo tanto, su entrada en prisión es "desaconsejable".
Cabe recordar también que no solo el informe apuntaba a esta dirección, puesto que la propia Fiscalía Anticorrupción no se opuso a suspender la pena de prisión del expresidente socialista por "enfermedad muy grave e incurable".