Cuándo se publican las listas electorales municipales 2023
El 28 de mayo está a la vuelta de la esquina y los partidos ya han activado la maquinaria electoral.
Las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo están ya a la vuelta de la esquina y los partidos ya han activado la maquinaria electoral, y eso que la campaña aún está a semanas de comenzar. Mientras, los mítines, actos sociales y demás comienzan a ser recurrentes entre las distintas siglas para ir movilizando a su electorado.
En este escenario son muchas las fechas que hay que tener en cuenta. Los diferentes partidos ya han presentado las listas con sus candidatos y candidatas y este miércoles se publican las candidaturas presentadas. Eso sí, aún no son definitivas.
A partir de su publicación en los boletines, las Juntas Electorales competentes tienen ahora 48 horas para comunicar a los representantes de las candidaturas las irregularidades que aprecien o que denuncien otros representantes.
Una vez pasados esos dos días, las candidaturas también tendrán 48 horas para ser corregidas, ya que la Ley Electoral establece que no es posible proclamar aquellas que incumplan los requisitos. Las candidaturas, además, no pueden ser modificadas después de ser presentadas, salvo en el plazo previsto habilitado para subsanar las irregularidades o por fallecimiento o renuncia del titular.
Y cuando se trate de listas de candidatos, las bajas que se produzcan tras la proclamación serán cubiertas por los candidatos sucesivos y, en su caso, por los suplentes.
Las listas electorales definitivas
Por lo tanto, habrá que esperar hasta el 1 de mayo para que las Juntas Electorales proclamen las candidaturas. Y no será hasta el día siguiente, el 2 de mayo, cuando aparecerán publicadas en los diferentes boletines.
Tras esto, cualquier candidato excluido y los representantes de las candidaturas cuya proclamación sea denegada tienen un plazo de dos días para presentar un recurso contra la decisión de las Juntas Electorales ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo. Su resolución deberá dictarse a los dos días siguientes, aunque con posterioridad se puede acudir en amparo al Tribunal Constitucional.