¿Quién se queda con la mascota en caso de divorcio? Esto dice la ley con la que dejarán de ser consideradas "cosas"
El Congreso debate este martes una proposición de ley para reconocer a los animales jurídicamente como “seres vivos dotados de sensibilidad” y determinar las custodias.
Quienes han pasado por una ruptura saben que no es un trago fácil. Pero quienes además tenían una mascota en común, saben que la cosa puede llegar a complicarse, y mucho. En ocasiones, a la ya de por sí dolorosa separación se suma la gestión de la “custodia” de un animal. Sin embargo, para la ley estos seres vivos son equiparables a cualquier otro bien material, ya sea un coche, una propiedad o un electrodoméstico. En definitiva, un “objeto” sujeto exclusivamente a un valor económico, sin tener en cuenta su bienestar o su protección.
Este martes, una proposición de ley registrada por PSOE y UP que busca su reconocimiento jurídico como “seres vivos dotados de sensibilidad” y sentar los criterios para que los tribunales determinen a quién corresponde la custodia en caso de separación o divorcio, se debate en el Congreso de los Diputados.
Lo cierto es que no es la primera vez que se cuela en el Pleno. En el año 2017 se aprobó por unanimidad la tramitación de un proyecto propuesto por los ‘populares’ en el mismo sentido, pero que, finalmente, no llegó a ver la luz. Ahora, si se admite a trámite, afectará de igual modo a la Ley de Enjuiciamiento Civil y a la Ley Hipotecaria.
“Anacronismo legal”
Los grupos animalistas llevan tiempo dando voz a esta cuestión. Consideran que, a pesar de que la norma ha ido registrando numerosas reformas para modernizarse y adaptarse a lo largo de los años, los animales siguen siendo considerados “bienes semovientes”, es decir, “meras cosas”.
“España necesita adecuar su Código Civil a la realidad social y legal actual”, reclaman desde el Observatorio de Justicia y Defensa Animal. “Por ello nos proponemos impulsar su reforma para que los animales reciban el estatuto jurídico que ya les otorga el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europa que, en su artículo 13, reconoce a los animales como seres sintientes, es decir, seres vivos dotados de sensibilidad”.
Desde el Observatorio recuerdan que este “anacronismo legal” ya ha sido subsanado en otros Códigos Civiles como el catalán, que reconoce expresamente que los animales no son cosas, o el francés, austriaco, suizo o alemán.
“El legislador español debe asumir la realidad y las necesidades actuales del momento que vivimos, amoldar la legislación a la sociedad contemporánea y al reconocimiento, afecto y respeto que se merecen los seres vivos con los que compartimos vida e incluso convivencia”, demandan.