Los magistrados del TC empiezan a estudiar la constitucionalidad de la 'Ley Mordaza'
Los doce miembros del tribunal reciben la ponencia del progresista Fernando Valdés, aunque aún no hay fecha para su deliberación.
Los doce miembros del Tribunal Constitucional (TC) recibirán esta semana la ponencia del magistrado progresista Fernando Valdés sobre los recursos que tanto el Parlament de Cataluña como los grupos parlamentarios de la oposición al Partido Popular en 2015 interpusieron contra la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida popularmente como ‘Ley Mordaza’.
El texto no será llevado aún a deliberación al Pleno del tribunal de garantías, pero los magistrados podrán ir estudiando la propuesta de su compañero sobre los motivos por los que los recurrentes encuentran inconstitucionales una docena de artículos que regulan asuntos como el desarrollo de protestas en las calles o las denominadas “devoluciones en caliente” de inmigrantes.
Fuentes del TC han señalado que la tramitación de este asunto, admitido a trámite en el verano de 2015, aún es muy inicial y que los magistrados adoptarán sus primeras posturas sobre la propuesta de Valdés, que encuentra tachas de constitucionalidad en algunos aspectos de la norma. Aún no existe fecha para llevar este asunto a deliberación al Pleno de este órgano.
Recurso admitido, pero sin fecha
El Constitucional admitió a mediados de junio de 2015 el recurso presentado contra varios aspectos de la norma por el PSOE, Izquierda Plural, UPyD, Compromís-Equo, Coalición Canaria y Geroa Bai,y un mes después se añadió a éstos el recurso del Parlament de Cataluña.
La oposición no quedó satisfecha con el profundo cambio que sufrió durante el trámite parlamentario y que provocó que desaparecieran del articulado o se rebajaran las sanciones más polémicas. Por ejemplo, concentrarse sin autorización frente al Congreso de los Diputados pasó de estar multado con 600.000 euros a con 30.000 y sólo si existe “perturbación grave de la seguridad”. También se eliminó la multa por “ultrajes a España”. Los recurrentes consideran que la norma vulnera hasta 12 artículos de la Constitución, entre ellos los que regulan la tutela judicial efectiva, manifestación, reunión y expresión.
La ley regula como sanciones administrativas una serie de conductas que, en su mayoría antes eran faltas incluidas en el Código Penal. Así, sanciona a quien cause desórdenes en la calle o la obstaculice con barricadas y para aquellos que se nieguen a identificarse. Se multará a aquellos que emitan o publique fotos de los agentes de policía que “pongan en peligro su seguridad personal o familiar”. Las mayores multas, de entre 30.000 y 600.000 euros son para quienes se manifiesten ante “infraestructuras críticas”.
Más tarde, en febrero de 2018 la decisión del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez de convocar las elecciones generales de abril de ese año impidió que las Cortes Generales puedan aprobar dos reformas parciales de la Constitución y la derogación de leyes como esta de la de Seguridad Ciudadana o la de prisión permanente revisable.