Llevar adornos colgando del retrovisor puede acarrearte multa

Llevar adornos colgando del retrovisor puede acarrearte multa

Lo advierten varios organismos.

Getty Images/iStockphoto

¿Eres de los que habitualmente cuelga algún adorno del espejo retrovisor interior del vehículo? Pues ten cuidado... porque te pueden multar.

Así lo advierte el RACE en un artículo publicado este jueves en el diario 20 Minutosy así lo defienden también organismos como Automovilistas Europeos Asociados o la aseguradora Mapfre.

El RACE asegura que el Reglamento General de Circulación lo dice claramente en el artículo 19: se prohíbe circular con un vehículo cuya superficie acristalada no permite a su conductor la visibilidad diáfana sobre toda la vía por la colocación de láminas, adhesivos, cortinillas u otros elementos no autorizados. Incumplir esta norma conlleva una multa 200 euros, se afirma.

Automovilistas Europeos Asociados, en cambio, no es tan radical. En una respuesta a una persona que expresa su deseo de llevar unos zapatitos de bebé colgado del espejo retrovisor interior, el organismo responde que "no existe una prohibición expresa para este supuesto".

"Sin embargo, a nuestro juicio, podría ser de aplicación lo prescrito en los Art. 18 y 19 del Reglamento General de Circulación que obligan al conductor de un vehículo a mantener el campo de visión y a que su superficie acristalada permita, en todo caso, la visibilidad diáfana sobre toda la vía por la que circule. En la practica, Tráfico está imponiendo sanciones de 80€ en casos como el que nos planteas", afirma.

Mapfre no entra en tantos detalles, pero también advierte de que muchas personas utilizan la percha del retrovisor para poner una virgen, un Elvis o la bandera de su equipo. "Pues cuidado, porque además de limitar el campo de visión, está prohibido con riesgo de multa", zanja.

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