La Justicia da la razón a Hacienda en su batalla contra Nuria Roca
La actriz y presentadora logró "devoluciones indebidas" en el IRPF y se fijó un sueldo muy inferior a los ingresos registrados.
La Justicia ha dado la razón a la Agencia Tributaria en la batalla fiscal que mantiene con Nuria Roca. Según informa el diario económico Cinco Días, una sentencia reciente respalda la solicitud que la Agencia Tributaria hizo a Roca para que pagara dos sanciones por dejar de ingresar parte de las cuotas de IRPF de los ejercicios 2005 y 2006.
Según explica la información, esta última sentencia forma parte de un litigio que Hacienda y Nuria Roca mantienen en los tribunales porque la actriz habría tratado de declarar a través de su sociedad, Tospelat, unos ingresos que provenían de su trabajo como actriz y presentadora.
Roca ha publicado este viernes un comunicado “en relación con las informaciones publicadas sobre mi persona en el día de hoy en distintos medios de comunicación” sobre la Sentencia de la Audiencia Nacional.
El último fallo, del 22 de mayo, detalla que la Agencia Tributaria detectó un desequilibrio muy grande entre la facturación de esa empresa, 668.461 euros y 189.096 en los ejercicios analizados y la retribución que esa empresa estableció “de forma verbal” para Nuria Roca, su creadora y administradora única, con 99,68% del capital.
Al detectar este desequilibrio, Hacienda realizó un recálculo que Nuria Roca recurrió como “desproporcionado”, pero la Justicia afirma que el cálculo del fisco fue correcto y respalda el acuerdo sancionador en el que no se apreciaba “buena fe” en la actriz y presentadora, pues “al utilizar la firma Tospelat logró “eludir los tipos impositivos progresivos y más elevados del IRPF”″.
“Más allá, la Inspección tributaria considera que Roca logró indebidamente devoluciones en el IRPF de los ejercicios por valor de 1.174,35 euros y 1.567,31 euros, a lo que la empresaria alega que estas devoluciones deberían haber sido superiores al no aplicarse las deducciones de maternidad que le correspondían ni la desgravación de la hipoteca de la vivienda habitual. Ante esto, la Audiencia Nacional afirma que “este argumento en modo alguno es apto para justificar la exclusión de culpabilidad”″, se lee en un párrafo de la información publicada por Cinco Días.
La sentencia del 22 de mayo desestima el recurso de Roca a la resolución administrativa, en el que suplicaba al tribunal que procediera “a anular tanto la liquidación como la sanción de IRPF 2005-2006, practicada a la compareciente referenciada en la alegación primera del presente escrito”. La cuantía del recurso presentado por la actriz está fijada en 309.475 euros.