Juana Rivas recurre la decisión del juez de no dejarla en libertad tras el indulto parcial
El auto del juez Piñar alegaba el no arrepentimiento de la madre y defendía que “podría representar un grave peligro para sus hijos”.
La defensa de Juana Rivas, la madre de Maracena condenada a prisión por la sustracción de sus dos hijos menores en el verano de 2017, ha presentado este miércoles un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial solicitando la revocación del auto dictado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Granada rechazando suspender la ejecución de la pena tras el indulto parcial que le concedió el Gobierno.
Así lo ha señalado Aránguez Abogados en una nota de prensa, en que ha resaltado que esta suspensión “permitiría” a Rivas “pasar” las fechas navideñas con sus hijos, pues el tribunal que lleva el proceso civil en Italia ha autorizado “sin posibilidad ya de recurso”, según ha informado el despacho, “que pasen todas estas vacaciones con su madre”.
Por ello, y según ha detallado el bufete, “la urgencia del recurso es evidente”, y por ello no ha presentado recurso de reforma, que “dilataría el procedimiento y perjudicaría el interés de los menores, que no podrían estar con su madre”.
“Por eso presentamos directamente apelación ante un órgano en el que depositamos todas nuestras esperanzas, la Audiencia Provincial” pues, “siendo causa con preso, su tramitación es preferente y urgente”.
En el recurso, la defensa de Rivas en España destaca que la suspensión de pena es “un acto discrecional, pero no arbitrario” por lo que “debe ser motivado”, pero, agrega, el magistrado Manuel Píñar, titular del Juzgado de lo Penal 1, y contra el que el pasado viernes anunció una querella criminal por la presunta comisión de un delito de prevaricación judicial y calumnias, “deniega”, continúa, “la suspensión por tres razones falsas, absolutamente inventadas” a la par que “elude pronunciarse sobre las múltiples circunstancia que aconsejan la suspensión de pena”.
Por un lado, y según desgrana Aránguez Abogados, trataría de fundamentar la decisión en “tres hechos destacables” que, “en realidad, no son sino tres falsedades”, al considerar la defensa que “es absolutamente mentira que la señora Rivas no haya expresado su arrepentimiento, es totalmente falso que haya incurrido en alguna otra conducta penal en Italia, y por último lo más grave: es cruel y temerario afirmar que un hijo” haya podido ser “abusado sexualmente”.
Por otra parte, prosigue la nota de prensa del bufete, se cumplen todos los requisitos legales para conceder la suspensión y además concurren circunstancias que aconsejan conceder este beneficio. Así, Rivas “es delincuente primaria, la pena es de 15 meses de prisión y ha abonado los 12.000 euros de indemnización” al padre de los niños, el italiano Francesco Arcuri.
Pero, además, siempre según la defensa de Rivas, existen razones que aconsejan la suspensión de pena. “Tiene trabajo estable, una red de apoyo familiar, suficiente formación académica, y por supuesto, carece de adiciones o trastornos mentales que deban ser tratados”, ha apuntado. “Precisamente por todas estas acreditadas razones los Servicios Penitenciarios han clasificado a la señora Rivas en tercer grado, decisión ratificada por el Juez de Vigilancia Penitenciaria de Granada”.
Recuerda que la Fiscalía y la acusación particular apoyan la solicitud, y explica que “la denegación de la suspensión de pena causa un irreparable perjuicio”, no solo para la madre de Maracena “sino también para sus dos hijos”. Por último, destaca que “nuevamente se ha ignorado una cuestión esencial: es cierto que la señora Rivas cometió el error de no entregar a sus hijos tras un requerimiento judicial, pero no debe olvidarse que es una víctima de violencia de género y estaba en aquellos momentos terriblemente afectada por el proceso de victimización que estaba denunciando”.