Un estudio señala que las leyes de violencia machista no son "suficientes" para proteger a menores
Propone inhabilitar la potestad parental en casos graves.
Un estudio del Centre d’Estudis Jurídics i Formació Especialitzada (Cejfe) de la Conselleria de Justicia ha concluido que la normativa internacional, estatal y autonómica para proteger a las víctimas de violencia machista “no es suficiente para poner fin a la vulnerabilidad y la desprotección” que sufren, especialmente los menores.
El estudio ‘Medidas de protección de los y las menores víctimas de la violencia machista’, presentado este jueves y elaborado por diez profesores de la Universitat Rovira i Virgili (URV), concluye que existe “una situación de vulnerabilidad y desprotección en la práctica de las víctimas menores en casos de violencia machista”.
Añade que ha detectado “situaciones de desprotección” a menores en los procedimientos por violencia machista que protagonizan sus padres.
A raíz del análisis de la legislación en la materia y de 27 entrevistas a profesionales del ámbito judicial y asistencial, el estudio constata “una falta evidente de coordinación, generada a menudo por el hecho de que cada uno actúa dentro de su ámbito y desconoce lo que se hace en otros”.
También apunta a los “solapamientos, contradicciones o vacíos, legales y de facto” que puede comportar la convivencia entre medidas penales y civiles en estos procedimientos.
Los investigadores instan a que, cuando un juzgado dicte una orden de protección, añada de oficio las medidas cautelares civiles que afecten a menores que convivan con la víctima, algo que ya prevé la ley pero que “en la práctica judicial” no siempre se hace, según los autores del estudio.
Respecto a la importancia de las órdenes de protección, la investigadora Ana Giménez ha dicho durante la presentación que “está demostrado que el momento más crítico de la violencia se produce después de que ha habido denuncia”.
El estudio también señala la poca presencia de la Fiscalía en estos procedimientos, lo que la investigadora Elisabet Cerrato ha achacado “principalmente a la falta de recursos personales y materiales que la administración de justicia pone a disposición de esta problemática”.
Propuestas
Entre la quincena de propuestas que recoge el estudio, los autores señalan la necesidad de concienciar a órganos judiciales y Fiscalía de “la importancia de valorar” suspender la potestad parental cuando se dicta una orden de protección en casos de riesgo para las víctimas.
También consideran que las acusaciones deben valorar si pedir la inhabilitación de un progenitor para ejercer la patria potestad en los casos en que el menor ha sufrido o ha sido testigo directo de maltrato habitual en la familia o cuando ha habido episodios graves de violencia, especialmente en casos de asesinato.
En este sentido, Giménez ha señalado que la guardia de los menores se suele retirar cuando hay una condena por violencia, pero en cambio “cuando hay solo indicios prácticamente no se aplica”.
Las propuestas del estudio también recomiendan más coordinación entre los juzgados de violencia doméstica y los civiles, porque “si el juzgado de familia pudiera acceder a toda la información del proceso penal, posibilitaría que el juzgado de violencia sobre la mujer se centrara exclusivamente en el aspecto penal” y que la jurisdicción civil se encargara de la cuestión de familia.