Madrid aprueba que las discotecas operen como restaurantes, bares y cafeterías
Se podrán instalar mesas en la zona destinada a pista de baile.
Mientras en otros países y en otras autonomías se cierran bares y restaurantes, Madrid los abre.
Salas de baile y de fiestas, discotecas y cafés-espectáculo podrán funcionar desde este jueves como restaurantes, bares y cafeterías, con un horario de cierre máximo a la una de la madrugada que no se aplicará al servicio de entrega de comida a domicilio y de recogida por clientes, según publica hoy el BOCM.
El espacio destinado a pista de baile o similar no podrá ser utilizado para su uso habitual, si bien podrá ser habilitado para instalar mesas o agrupaciones de mesas manteniendo siempre la debida distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros entre clientes o, en su caso, grupos de clientes y entre las sillas de las mesas o, en su caso, agrupación de mesas.
Los citados locales no podrán iniciar su actividad antes de las 8:00 horas y deberán cesar la misma, como máximo, a la 01:00 horas, no pudiendo en ningún caso admitir nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.
Este horario será de aplicación a: bares de copas; tabernas y bodegas; chocolaterías, heladerías, salones de té y asimilables; bares y restaurantes de hoteles; salones de banquetes; café-espectáculo; salas de fiestas; restaurantes-espectáculo; discotecas y salas de baile; teatros, pabellones de congresos y parques de atracciones y ferias, siempre que dispongan de servicio de bar con licencia.
La pandemia obligó a las autoridades sanitarias a adoptar medidas restrictivas para su control que condicionan, limitan o suspenden temporalmente por razones de salud pública el ejercicio de la actividad ordinaria de los establecimientos regulados en la ley de espectáculos públicos y actividades recreativas.
La suspensión temporal de actividad de locales de ocio nocturno se mantiene y hay limitaciones de horario, por lo que, dado el impacto que ello implica, se han adoptado estas medidas de flexibilidad que permiten a discotecas, salas de baile y de fiestas, restaurantes-espectáculo y café-espectáculo ejercer las actividades de hostelería y restauración propias de bares, restaurantes o cafeterías, explica la Consejería de Sanidad en el Boletín Oficial (BOCM).
Además resulta “oportuno mantener las medidas de flexibilización para la instalación de terrazas y servicios de venta de comida para llevar o a domicilio”, y se elimina la limitación temporal para que se puedan seguir instalando terrazas al aire libre en determinados establecimientos de espectáculos y actividades recreativas más allá del 15 de octubre de 2020.