Anticorrupción alerta de que puede haber "un goteo" de rebajas de penas por malversación
Estos beneficios podrían ser tanto en rebajas de condena como en reducciones en las peticiones de pena de casos pendientes de juicio
La Fiscalía teme que la rebaja en las penas por delitos de malversación pueda afectar a un “goteo” de casos de corrupción, “muchos más” de los que prevé el legislador, entre los que podría encontrarse el conocido como caso Kitchen, el supuesto espionaje parapolicial al extesorero del PP Luis Bárcenas por el que está procesado el exministro del Interior Jorge Fernández Díaz.
Fuentes de la Fiscalía Anticorrupción creen que si la reforma del delito de malversación que tramita de manera “exprés” el Congreso sale adelante, condenados o acusados en casos de corrupción por este delito podrían verse beneficiados, aunque no han especificado cuántas causas podrían verse afectadas.
Estos beneficios podrían ser tanto en rebajas de condena como en reducciones en las peticiones de pena de casos pendientes de juicio, según las fuentes, que alertan de que una rebaja en las penas por este delito también comporta menos años de prescripción, lo que también llevaría al archivo de algunas causas.
En el caso de Kitchen, la Fiscalía Anticorrupción está a la espera de que el juzgado incorpore toda la documentación a la causa para presentar su escrito de calificación, en el que debe detallar las penas de prisión que solicita para cada procesado.
Aunque las fuentes aseguran que la Fiscalía no va a esperar a que la reforma sea aprobada, asumen que, si el juzgado no ha culminado ese trámite antes de que eso suceda, tendrán que revisar las peticiones de condena hasta ahora contempladas para adecuarlas a la ley en caso de que ésta sea más beneficiosa.
No obstante, piden cautela para estudiar un texto que aún no es definitivo al estar todavía en tramitación parlamentaria, y ven ambigua la separación realizada en la iniciativa legislativa en lo que se refiere a la malversación con ánimo o sin ánimo de lucro, al considerar que ese ánimo se traduce en cualquier provecho -no solo material- que saque una persona de una desviación de fondos públicos.
Con la reforma de la malversación, se mantienen las penas cuando haya ánimo de lucro, pero se crean nuevos tipos con penas inferiores cuando no hay enriquecimiento personal.
Por ejemplo, quien dé al patrimonio público que le corresponda administrar, “una aplicación diferente de aquella a la que estuviere destinado” será castigado con cárcel de 1 a 4 años de prisión e inhabilitación de 2 a 6 años “si resultare daño o entorpecimiento graves del servicio al que estuviere consignado”.