Hacienda vigila las transferencias entre familiares con multas de hasta 150.000 euros
Es importante justificar ante la Agencia Tributaria ciertos movimientos de dinero.
Hacienda es omnipresente, todo lo sabe y todo lo ve. Y ello incluye a las transferencias bancarias, en las que se debe cumplir con un cierto límite para no incurrir en problemas fiscales.
Esa limitación la marca la Ley 10/2010, del 28 de abril, cuyo cometido es la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. En concreto, la cifra máxima para realizar operaciones bancarias en España es de 10.000 euros.
Cabe destacar que esta limitación no significa que no se puedan realizar movimientos de dinero superiores a esa cantidad, sino que cualquier operación que rebase dicho límite debe ser justificada.
Transferencias entre familiares
No obstante, en el caso de las transferencias entre familiares las cifras máximas para no tener que dar explicaciones a Hacienda descienden considerablemente. El motivo es tratar de evitar fraudes fiscales como las donaciones encubiertas en las que no se tributa conforme al Impuesto de Sucesiones y Donaciones por el traspaso del dinero.
Tal y como recoge Andaluciainforma, si una transferencia entre familiares supera los 6.000 euros, la Agencia Tributaria investigará el movimiento y solicitará información acerca del mismo.
En cualquier caso, el hecho de que la operación no alcance los 6.000 euros tampoco es garantía de que Hacienda no tome cartas en el asunto, ya que incluso en transferencias entre familiares que asciendan a 3.000 euros, el organismo puede iniciar una investigación para esclarecer la procedencia del dinero y la motivación del movimiento.
Multas de hasta 150.000 euros
Si la Agencia Tributaria tiene conocimiento de una transferencia entre familiares que no se ajusta a lo que marca la legalidad y la misma no se justifica debidamente, el organismo puede imponer cuantiosas multas.
Las sanciones económicas por no declarar una transferencia entre familiares superior a 6.000 euros (o incluso superior a 3.000 euros) son de entre 600 y 150.000 euros. La cantidad exacta de la multa será decidida por Hacienda teniendo en cuenta la cifra no declarada en la operación bancaria.