Las condiciones para cobrar el paro cambian para los mayores de 52 años
Yolanda Díaz contempla endurecer los requisitos para mantener la ayuda.
Cambios inminentes en el subsidio de paro para los mayores de 52 años. La Vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, le ha presentado esta semana a los agentes sociales un borrador de las modificaciones que se prevén implementar en la ayuda.
El documento, al que ha tenido acceso El Economista, recoge variaciones importantes respecto a los requisitos que deben cumplir los mayores de 52 años no solo para comenzar a recibir la prestación sino también para mantenerla.
Las personas que quieran percibir la ayuda deberán carecer de rentas propias o demostrar que tienen responsabilidades familiares. Asimismo, el borrador estipula que “para mantener la percepción del subsidio para trabajadores mayores de cincuenta y dos años, los beneficiarios deberán presentar ante la entidad gestora una declaración anual de sus rentas, acompañada de la documentación acreditativa que corresponda”.
En el supuesto de que el beneficiario de la prestación pasara a incumplir las requisitos y no lo comunicara, se contemplan (más allá de la retirada del subsidio de paro) sanciones económicas que penalizarían el periodo en el que se haya estado percibiendo la ayuda de manera indebida.
Endurecimiento del control
La reforma del subsidio de paro para los mayores de 52 años tiene un objetivo principal: endurecer el control de que se están cumpliendo las condiciones para recibir la ayuda. La intención es trasladar al cobro del Ingreso Mínimo Vital a aquellas personas que no se encuentren en búsqueda activa de empleo.
En ese sentido, el borrador pasa a considerar faltas graves que el beneficiario no figure como demandante de empleo, que el servicio de empleo comunique “la no suscripción, el incumplimiento o la suspensión del acuerdo de actividad” o que no se presenten los documentos necesarios para seguir percibiendo la prestación.
En concreto, si se comete una de esas faltas graves, se procederá a la retirada de la ayuda por un periodo de tres meses. Si se reincide, la sanción se duplicará. Y si se incurre en una tercera falta grave, se retirará de forma definitiva el subsidio de paro para mayores de 52 años.
En cualquier caso, cabe destacar que el borrador señala que ese ‘régimen sancionador’ solo se aplicará “a partir de la primera infracción y cuando entre la comisión de una infracción grave y la anterior no hayan transcurrido más de 365 días”.
Las grandes ventajas del subsidio
El subsidio de paro para los mayores de 52 años cuenta con dos características únicas que lo diferencian del resto de subsidios. Una de ellas es su duración, que, según explica el SEPE en su sitio web, “será hasta que se alcance la edad ordinaria que se exija para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social”.
El otro aspecto reseñable de esta prestación es que, más allá de realizarse un pago mensual de 480 euros, “la entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento”. En consecuencia, en esta ayuda se continúa cotizando para la jubilación.