Hacienda reconoce retrasos en el pago de la ayuda de 100 euros a las madres trabajadoras y explica la causa
Muchas de las beneficiarias de la subvención no han recibido el abono correspondiente al mes de febrero.
Muchas de las mujeres a las que les pertenece la renta por crianza, conocida coloquialmente como ayuda a las madres trabajadoras, estaban notificando no haber recibido el pago correspondiente al mes de febrero.
Ahora, Hacienda les ha dado la razón y ha reconocido que el abono de la ayuda ha experimentado “unos días de retraso”. El motivo, tal y como han detallado desde la Agencia Tributaria a 20minutos, es un ajuste en el sistema informático con el que el organismo gestiona la subvención.
No obstante, esas mismas fuentes han podido confirmar que el pago ya se encuentra aprobado y que las beneficiarias de la ayuda lo recibirán en sus cuentas bancarias “en unos días”.
En concreto, las modificaciones introducidas en el sistema informático se han realizado para que aquellas mujeres que se encuentran en un supuesto específico de ERTE puedan seguir cobrando la ayuda a las madres trabajadoras a pesar de esa situación laboral.
En cualquier caso, desde Hacienda subrayan que, una vez solventados estos problemas, el cobro de la prestación a partir del mes de marzo se recibirá de forma puntual.
Requisitos para recibir la ayuda
Según precisa la Agencia Tributaria en su sitio web, para poder recibir esta subvención es necesario tener un hijo menor de tres años y cumplir alguna de las siguientes condiciones:
- Percibir alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo en el momento del nacimiento.
- Estar dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad en el momento del nacimiento.
- Estar dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados en cualquier momento posterior al nacimiento.
Hacienda explica que la ayuda se basa en “una deducción de la cuota diferencial del IRPF” que “se aplica tanto si la cuota diferencial es positiva (tu renta es a pagar) como si es negativa (tu renta es a devolver) como si es cero”.
La cuantía máxima es de 1.200 euros anuales por cada hijo, es decir, 100 euros al mes. Y hay dos formas de recibir la renta: a través de la mencionada deducción en la Declaración de la Renta o mediante la solicitud del abono anticipado (como es el caso de las beneficiarias que no habían recibido el pago correspondiente al mes de febrero).