Hacienda multa a partir de esta cantidad en los regalos de boda
En la riqueza y en la pobreza, en la salud y en la enfermedad… la Agencia Tributaria siempre está presente.
Hacienda está presente en todas las situaciones de la vida: nacimiento, fallecimiento… y hasta en la boda. La Agencia Tributaria entra en juego en los regalos, que pueden ser objeto de inspección si no se declaran.
Tal y como recoge Noticias Trabajo, a efectos fiscales, Hacienda considera que los regalos de boda son ‘adquisiciones a título gratuito’, por lo que se trata de donaciones que deberían estar gravadas por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
No obstante, a efectos prácticos, la Agencia Tributaria suele hacer la vista gorda con esta clase de regalos, ya que la cifra que se deja de recaudar no es demasiado relevante para la Administración.
Eso sí, existe una cierta cantidad a partir de la que Hacienda sí que se pone seria con los regalos de boda y exige que se tribute por ellos. La cifra (aunque es orientativa y el organismo también podría legalmente emprender investigaciones con cuantías inferiores) es de 3.000 euros.
En consecuencia, si se reciben regalos de boda por valor superior a esos 3.000 euros y los mismos no se declaran, la Agencia Tributaria puede imponer multas que ascienden a entre el 50% y el 100% del importe.
Cabe destacar que entre estos regalos se incluyen también las transferencias bancarias que se efectúan por parte de amigos o familiares con motivo del enlace matrimonial. Si Hacienda detecta que se reciben varios ingresos con cantidades importantes puede pedir que se aporte justificación sobre la procedencia del dinero.
Si no se declaran esas transferencias bancarias que se reciben a raíz de la boda, la Agencia Tributaria podría considerarlas como ‘ganancia patrimonial no justificada’ y sancionar al contribuyente.