Esto es lo que dice la ley si un comercio te obliga a pagar solo con tarjeta
Los establecimientos sí tienen la libertad de fijar una cantidad mínima para pagar con tarjeta.
La mayoría de los comercios y negocios en España ofrecen la posibilidad de realizar el pago a través de diversos métodos, aunque los más comunes son en efectivo y con tarjeta. Sin embargo, en alguna ocasión -ya sea por rentabilidad o por un percance-, puede que solo nos den una opción para realizar el pago.
Ante esta situación, los consumidores se pueden plantear qué dice la ley sobre que un comercio obligue a pagar con tarjeta. Y esta es clara: los comercios no pueden obligar a realizar un pago con tarjeta, ya que siempre se debe aceptar un pago en efectivo, según informa el medio La Razón.
A su vez, los establecimientos españoles no están obligados a aceptar el pago con tarjeta, salvo algunas excepciones reguladas. Entre estas se encuentra el sector del taxi en algunas ciudades, en las que las mismas ordenanzas municipales exigen que sea obligatorio aceptar el pago con tarjeta, explica la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), según el mismo medio.
Los comercios sí tienen, en cambio, la libertad de fijar una cantidad mínima para pagar con tarjeta. Pero están obligados a que esto se indique en un lugar visible del local, si esto no se cumple, el consumidor tendrá derecho a pagar con tarjeta sea la cantidad que sea.
De esta forma, no pueden obligar a pagar con tarjeta, pero sí pueden obligar a pagar en efectivo. La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios garantiza el pago en efectivo en cualquier establecimiento, ya que impide negar esta posibilidad a los clientes. En concreto, es el artículo 82.4 del Real Decreto-ley 24/2021, de 2 noviembre, el que incluye el reconocimiento de infracciones y sanciones en materia de defensa de los consumidores.
Este artículo modificó el artículo 47 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios sobre infracciones en materia de defensa de los consumidores, al contemplar como infracción la “negativa a aceptar el pago en efectivo como medio de pago dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención y lucha contra el fraude fiscal”.