Beber cerveza en el trabajo no siempre es motivo de despido: el caso en Mercadona es clave
Un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid redefine los límites del consumo de alcohol en el horario laboral.
Beber una “cervecita” en el trabajo o en un descanso puede parecer un acto inocente, pero en algunas empresas podría acabar en un despido. Sin embargo, varias sentencias recientes de tribunales en España han determinado que ese comportamiento no siempre justifica una terminación del contrato. La clave, como destacan los jueces, depende de las pruebas de embriaguez y del contexto en el que se da el consumo de alcohol.
Un caso reciente ha sentado precedentes. En julio, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) declaró improcedente el despido de una trabajadora de Mercadona que fue sorprendida bebiendo una cerveza durante un descanso. La empresa justificó su despido, argumentando que unos días antes un supervisor percibió olor a alcohol en la empleada. Sin embargo, la sentencia 9856/2024 del TSJM concluyó que Mercadona no demostró “una embriaguez evidente” ni que el consumo de la bebida afectara su rendimiento. Como resultado, la cadena de supermercados deberá readmitirla o indemnizarla con más de 55.000 euros.
Este fallo no es el único en su tipo. En Murcia, un trabajador de una empresa eléctrica fue despedido tras ser visto comprando cuatro latas de cerveza y una litrona en su pausa para el almuerzo. Al evaluar el caso, el tribunal concluyó que el consumo se dio en un momento “fuera del horario de trabajo” y que el empleado no mostró indicios de embriaguez ni afectó su desempeño laboral. Por esta razón, el tribunal ordenó a la empresa indemnizarlo con 47.000 euros.
Sin embargo, no todos los casos terminan de la misma manera. En otro caso en Madrid, el Tribunal Superior de Justicia ratificó el despido de un trabajador del supermercado Día, quien fue sorprendido en repetidas ocasiones bebiendo cerveza en la zona de almacenamiento. Aunque no fue captado “in fraganti”, la empresa presentó pruebas de que el empleado consumía latas de cerveza en la cámara frigorífica y dejaba los envases a la vista de sus compañeros. En este caso, el tribunal concluyó que había “una falta grave de disciplina”, lo que justificaba el despido.
Un fallo similar se emitió en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, donde un trabajador de un hotel fue despedido por servirse cerveza en vasos de plástico del bar del establecimiento y consumirlos en el almacén. La empresa justificó el despido como una “transgresión de la buena fe contractual”, y el tribunal confirmó la procedencia del despido, señalando la “reiteración” de este comportamiento.