Competencia expedienta a Canal+Liga por anunciar alcohol en horario protegido
La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha abierto expediente sancionador a Telefónica por considerar que Canal+ Liga ha emitido publicidad de bebidas alcohólicas de graduación inferior a 20 grados en horario protegido.
Según informa la CNMC, las infracciones "de carácter grave detectadas" se produjeron en octubre y noviembre de 2015 y fuera de la franja horaria comprendida entre las 20:30 y las 06:00 horas del día siguiente.
Competencia aclara que "si bien la publicidad de bebidas con graduación alcohólica superior a 20 grados está prohibida, en el caso de bebidas alcohólicas de graduación menor a 20 grados sí que se permiten las comunicaciones comerciales entre las 20:30 y las 06:00."
Además recuerda que el artículo 18 de la ley general de la comunicación audiovisual establece que "está prohibida la comunicación comercial que fomente comportamientos nocivos para la salud".
TELEFÓNICA TIENE 15 DÍAS PARA RECLAMAR
Y en concreto está prohibida "la comunicación comercial televisiva de bebidas alcohólicas con un nivel inferior a veinte grados" cuando se emita fuera de la franja protegida, "salvo que esta publicidad forme parte indivisible de la adquisición de derechos y de la producción de la señal a difundir".
La apertura de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación, según Competencia, que ahora abre un periodo máximo de seis meses para la instrucción del expediente y para su resolución. Telefónica dispone de un plazo de quince días para presentar alegaciones.