El TSJC ve indicios de delito en la convocatoria de Mas del 9N
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) aprecia indicios de que el presidente de la Generalitat, Artur Mas, pudo incurrir en un delito de desobediencia al no acatar la orden del Tribunal Constitucional (TC) que suspendía cautelarmente la consulta alternativa soberanista del 9N.
Así lo expone la sala civil y penal del alto tribunal catalán en varios autos, en los que razona su decisión, acordada el pasado 22 de diciembre, de admitir a trámite las querellas y denuncias por el 9N e investigar a Mas y a las conselleras Joana Ortega e Irene Rigau por presunta desobediencia al Constitucional.
En el auto en el que se admite a trámite la querella de la Fiscalía, el TSJC sostiene que existen indicios de que la suspensión "concreta y determinada" de la consulta alternativa ordenada por el Constitucional el 4 de noviembre "no fue presuntamente acatada por los querellados", ya que continuaron con la preparación "por la vía de hecho" hasta llevar a cabo las votaciones en edificios públicos, de lo que se responsabilizó públicamente el propio Mas.
Al seguir adelante con la consulta, el TSJC entiende que Mas, Ortega y Rigau 'privaron aparentemente de eficacia' el contenido de la suspensión cautelar ordenada por el Constitucional antes de que el tribunal se pudiera pronunciar definitivamente en sentencia sobre el fondo del asunto, 'con los subsiguientes efectos irreversibles que con dichas conductas se causaron'.
De esta forma, el alto tribunal catalán concluye que Mas, Ortega y Rigau pudieron haber incurrido presuntamente en un delito de desobediencia a resoluciones judiciales cometido por autoridad pública y, en su caso, en función del resultado de la investigación que se lleve a cabo, de prevaricación y malversación de caudales públicos.
El TSJC acuerda incoar diligencias previas para la investigación de la causa, que será instruida por el magistrado Joan Manuel Abril, que fue designado ponente de la querella más antigua, la de Manos Limpias.