Multas de hasta 1.000 euros por perder el DNI tres veces en cinco años
Si eres despistado y ya has perdido el DNI varias veces, puedes ir preparando la cartera. Según el anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana aprobado este viernes por el Consejo de Ministros, habrá multas de entre 100 y 1.000 euros para aquellos que pierdan en tres o más ocasiones el DNI en un plazo de cinco años.
Otro campo que regula esta Ley es la obligatoriedad de identificarse ante las Fuerzas de Seguridad que podrán inmovilizar a una persona hasta que se compruebe su identidad y que el documento que porta no es falso. Ahora los agentes podrán hacer esa gestión en el mismo lugar de forma telefónica o telemática.
Este articulado regula que los agentes puedan requisar el documento durante unos minutos afectos de esta comprobación. Fuentes de Interior llaman la atención sobre el hecho de que en algunas manifestaciones había quien alegaba que el documento es personal e intransferible para no entregarlo a las autoridades. Por su parte, a los ciudadanos extranjeros no se les podrá desposeer de sus documentos de origen salvo mandato judicial.
OTRAS MULTAS
También estará multado acampar en la vía pública o colocar cualquier otra estructura no fija sin autorización, tales como tenderetes o pérgolas, podrá ser sancionado con multas que oscilan entre los 100 y los 1.000 euros.
El texto elaborado por el Ministerio del Interior divide las infracciones en tres tipos en función de su gravedad: muy graves (con multas de entre 600.000 y 30.001 euros), graves (sancionadas entre 3.000 y 1.001 euros) y leves (con sanciones entre los 100 y los 1.000 euros).
Entre las infracciones leves se encuentra "la colocación no autorizada en la vía pública de elementos o estructuras no fijas, como tenderetes, pérgolas, tiendas de campaña, construcciones portátiles o desmontables u objetos análogos". Este artículo permitirá sancionar, por ejemplo, la acampada de la Puerta del Sol con motivo de las protestas del 15-M.
También será falta leve la práctica de juegos o actividades deportivas en espacios públicos no habilitados para ello cuando exista riesgo de causar daños a las personas o bienes, así como el entorpecimiento de la circulación peatonal generando molestias innecesarias, el escalamiento de edificios o monumentos sin autorización o retirar las vallas o precintos colocados por las autoridades para delimitar un perímetro de seguridad.