De ley y de justicia
El Ministerio del Interior se opuso, durante el 2012, a las progresiones de grado (regímenes de semi-libertad) para tres presos que han rechazado la violencia, han abandonado ETA, han pedido perdón a las víctimas y han manifestado públicamente la autocrítica de su pasado. Da la impresión de que para los responsables de la política penitenciaria no cabe hacer distinción entre presos de ETA, lo cual es injusto para los que han cumplido las exigencias legales y quieren participar en la vida social y política mediante una revisión crítica del pasado "desde dentro".
En estos días hemos conocido que el Ministerio del Interior ha filtrado a Europapress que durante el 2012 se opuso a las progresiones de grado (regímenes de semi-libertad) propuestas por la Junta de Tratamiento de Nanclares para tres presos que han rechazado la violencia, han abandonado ETA y el Colectivo de Presos, han pedido perdón a las víctimas, han manifestado públicamente la autocrítica de su pasado y el de la izquierda aberzale en general ―véase la hemeroteca, el magnífico documental producido por Elías Querejeta Al final del túnel y el documental de TV3El perdón, en los que participan dos de estas personas― y, en dos de los casos, han participado en encuentros restaurativos individuales con víctimas de ETA, con un resultado muy valioso para ellos y para las víctimas. Del mismo modo se supo hace no mucho que se denegaban permisos a presos del mismo grupo.
En primer lugar, resulta sorprendente el modo y el momento en que se conoce por la opinión pública hechos de hace meses. La política de comunicación de Interior en una cuestión tan sensible, y de actualidad por la vista en Estrasburgo o el pleno del Parlamento vasco, no invita al optimismo y sí a la especulación.
Con todo, lo relevante ahora a mi juicio es que en estos casos, como en un número pequeño pero muy significativo de otros casos, es que estamos ante un supuesto de inaplicación de la legislación penitenciaria y un error político en materia de construcción de una memoria justa del terrorismo.
El artículo 72.6 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, introducido en 2003 por la Ley de cumplimiento íntegro y efectivo de las penas, establece que "la clasificación o progresión al tercer grado de tratamiento penitenciario de personas condenadas por delitos de terrorismo... requerirá... que muestren signos inequívocos de haber abandonado los fines y los medios terroristas, y además hayan colaborado activamente con las autoridades, bien para impedir la producción de otros delitos por parte de la banda armada, organización o grupo terrorista, bien para atenuar los efectos de su delito, bien para la identificación, captura y procesamiento de responsables de delitos terroristas, para obtener pruebas o para impedir la actuación o el desarrollo de las organizaciones o asociaciones a las que haya pertenecido o con las que haya colaborado, lo que podrá acreditarse mediante una declaración expresa de repudio de sus actividades delictivas y de abandono de la violencia y una petición expresa de perdón a las víctimas de su delito, así como por los informes técnicos que acrediten que el preso está realmente desvinculado de la organización terrorista y del entorno y actividades de asociaciones y colectivos ilegales que la rodean y su colaboración con las autoridades". Estas por cierto son las exigencias para el régimen abierto y la libertad condicional, no para el disfrute de permisos ni para el destino a una prisión u otra.
Pues bien, este grupo de presos de la denominada vía Nanclares ―algunos de ellos como Urrosolo, Gisasola, Pikabea, Lasarte, Caride, Carrasco, Alza, Etxezarreta, Oteiza, García Corporales, Díaz Urrutia... encuadrados en el autodenominado Grupo de Presos comprometido con el irreversible proceso de paz desde tiempo antes de la declaración de ETA de 20 de octubre de 2011―, y otros que han seguido un camino más individual, no sólo ha cumplido con las exigencias de la ley penitenciaria, sino que en la mayor parte de los casos llevan entre 10 y 20 años en prisión y han ido mucho más allá de las exigencias legales; a mi juicio constituyen un referente ético y político en cuanto que desean contribuir a la revisión crítica del pasado; a asentar en la sociedad vasca, y sobre todo en el ámbito ideológico de la izquierda abertzale, que la lucha armada fue un injusto e inútil error que ha generado un inconmensurable sufrimiento del que es responsable toda la izquierda abertzale que lo apoyó; a reconocer y reparar el daño sufrido por todas las víctimas de la violencia, en primer lugar las que ellos causaron; en definitiva, como dice Reyes Mate, la recuperación del victimario, que se convierte en agente de paz.
Pues bien, la no concesión de permisos, terceros grados y libertades condicionales por parte de instituciones penitenciarias ―con la positiva excepción de Iurgi Oteiza, al que se concedió el régimen abierto a los 3 años de ingresar en prisión para cumplir los 4 años y medio impuestos por participar en el incendio de un autobús― a presos que cumplen sobradamente con las exigencias legales es en mi opinión una ilegalidad, un injusticia y un error político. La Dirección General entiende que la evolución de estos presos es positiva pero aún debe "consolidarse y confirmarse", sin que, a la vista de lo que ya han hecho, quepa imaginar qué más se les pide.
Desde que en enero de 2012 tomaron posesión los nuevos responsables, la política de favorecer reinserciones individuales dentro de la legalidad y con un componente ético, de permitir el debate libre de ideas dentro de prisión mediante la organización de talleres, así como la organización de encuentros restaurativos, reparadores para las víctimas, se ha visto obstaculizado cuando no cortado en seco. Da la impresión de que para los responsables de la política penitenciaria no cabe hacer distinción entre presos de ETA, todos son iguales, lo cual es injusto para los que han cumplido las exigencias legales y quieren participar en la vida social y política mediante una revisión crítica del pasado "desde dentro", con el especial significado que esto tiene.
La palabra de los condenados, su petición de perdón, el reconocimiento del daño causado, su propia condena de su pasado, etc., más aún si se hace en un proceso dialogado con las víctimas, contribuye a construir un relato, una memoria de nuestra historia reciente que la describa en términos moralmente justos. Con esto se profundiza realmente en el significado de su responsabilidad personal, profunda, con respecto a las víctimas que ha provocado. Y además de forma tanto privada como pública. Precisamente este constituye uno de los Principios rectores para un Modelo de fin de ETA sin impunidad propuesto en la reunión de asociaciones y fundaciones de víctimas del terrorismo firmado en Madrid el 23 de noviembre de 2010 ("la reinserción debe implicar un trabajo de asunción subjetiva de la responsabilidad con respecto al daño causado y una vertiente pública. Lógicamente se trata de casos individualizados porque no serían aceptables soluciones colectivas para el colectivo de presos etarras", "incluso reducir la exigencia a los terroristas que estén dispuestos a romper con la organización terrorista ETA al plano de actuaciones relevantes en el ámbito privado: escribir una petición de perdón, escribir el reconocimiento del daños personal causado o el pago de indemnizaciones pendientes no es suficiente, porque los asesinatos perpetrados por ETA para la consecución de su proyecto político poseen, además, una dimensión pública innegable").
El Plan para el desarrollo de la política penitenciaria de reinserción individual en el marco de la ley de hace casi un año podría haber sido el esqueje de una política penitenciaria adecuada a los nuevos tiempos, si bien nació de manera confusa, publicitado extrañamente y sin un nítido apoyo institucional como expresión de una decisión de política penitenciaria. Lo cierto es que desde entonces se enterró la política de reinserciones individuales que había comenzado tres años antes y se abrió un periodo de silencio e inmovilidad respecto a la política penitenciaria.
Como dije en un post reciente, la política penal y penitenciaria en esta materia debería contemplar cómo coadyuvar a la deslegitimación del terrorismo; debería abordar el conjunto de actividades tratamentales a desarrollar en las prisiones con miras al fin constitucionalmente recogido de reeducación y reinserción social. Y como primer paso, a la aplicación de las leyes vigentes, y con ello a la excarcelación de las personas presas que han rechazado y deslegitimado su propia actividad terrorista pretérita y han cumplido ya una parte significativa de su condena. Confiemos en que en los próximos meses los gobiernos español y vasco desatasquen consensuada y discretamente esta parálisis política, diseñando con inteligencia estrategias adecuadas a la nueva situación y a los nuevos objetivos. De ETA poco podemos esperar; a la vista de su último comunicado, siguen viviendo en otro siglo y otro planeta.