Un alumno se balancea en la silla del aula y cae: estos dice la ley si el estudiante sufre daños
El juez de paz ha tenido que intervenir.
Puede ser una gamberrada, un simple acto infantil o un intento de hacerse el gracioso, pero la jugada de un alumno columpiándose en la silla de su aula ha salido bastante mal. Y ahora la Justicia ha entrado de lleno.
El chaval tuvo a bien balancearse en la silla y en uno de esos bamboleos, se fue al suelo. Y ahí comienza el jaleo, porque sufrió un traumatismo por la que tuvo que ser llevado al hospital.
Sus padres han demandado al colegio, una institución de Nápoles (Italia) alegando la lesión del niño en horario escolar. Aseguran que el centro escolar no supervisó la seguridad del estudiante, por lo que reclaman daños y perjuicios.
Como recoge la prensa italiana, el juez de paz de Nápoles ha sentenciado que, efectivamente, los padres tiene razón. Para él, los hechos ocurrieron por responsabilidad exclusiva de la escuela.
En su decisión, el juez asegura que es deber del colegio "prestar todas las medidas necesarias y adecuadas para evitar los daños que el alumno pueda causarse a sí mismo, tanto en el interior del edificio como en las instalaciones escolares".
Por todo ello, la escuela ha sido condenada por incumplimiento de contrato. En concreto, del llamado contrato social, que establece, para el personal docente, la obligación primaria de educar y enseñar y, la secundaria, velar por la seguridad física y la protección de los estudiantes, colocando protegerlos de peligros tanto propios como de terceros.