Tres nuevas pruebas admitidas por jueces para justificar un despido
Ojo, cada una de ella cuenta con sus propias condiciones para que además de ser válidas, también sean legales.
Cada vez son más frecuentes el uso de pruebas tomadas mediante algún sistema de nuevas tecnologías para poder justificar un despido en un juicio. Precisamente, en los últimos tiempos, se han erigido cuatro vías de gran utilidad para demostrar cuestiones como el empleado está usando tiempo laboral para menesteres personales o empleando material y recursos de la empresa para su beneficio personal.
Sin embargo, lo primero que hay que conocer es el funcionamiento de estos métodos y sobre todo, las condiciones de cada caso, puesto que en muchos de ellos podría ser el empresario o autónomo el que estuviese incurriendo en un delito contra su trabajador, a pesar de que lleve razón o no sobre el motivo por el que quiere justificar el despido.
Así lo recoge el medio especializado Autónomos y Emprendedor, en una información en la que recopila cuatro pruebas que se están empleando en los tribunales para este fin.
Cámaras de vigilancia
Quizás uno de los mayores quebraderos de cabeza en el mundo jurídico, en lo referente a la validez como prueba en un juicio. Se trata de las grabaciones tomadas mediante una cámara de vigilancia. Según una sentencia del Tribunal Supremo, se pueden emplear estas grabaciones para justificar el despido de un trabajador -según lo que se pruebe en las imágenes-. Eso sí, cabe destacar que la cámara debe estar instalada en el local o centro de trabajo y debe cumplir la correspondiente normativa de protección de datos.
Localizador GPS
Al igual que con las cámaras de vigilancia, hay que tener mucho cuidado para que esta prueba no sea solo válida en un juicio, sino que sea también legal. A finales de este año, el Supremo también avaló un despido en el que se había usado como prueba un trackeo mediante esta tecnología. Con todo, la Sala VI del alto tribunal también dejó muy claros los requisitos para que esto fuese legal:
- -Que el trabajador esté informado previamente de la instalación del dispositivo
- -Que el uso del vehículo cedido al empresario esté restringido a la actividad laboral
- -Que los datos sólo recojan información sobre el movimiento y localización del vehículo.
Chats de whatsapp y correos electrónicos
En este caso ha sido el Tribunal Superior de Justicia de Madrid el que ha analizado si el despido de una trabajadora en base a sus conversaciones por el chat de mensajería instantánea WhatsApp. La clave de dicha decisión pasó porque la trabajadora había sido informada de que el móvil era únicamente de uso profesional.