Esto es lo que dice la ley si tu comunidad de vecinos quiere imponer el nudismo en la piscina

Esto es lo que dice la ley si tu comunidad de vecinos quiere imponer el nudismo en la piscina

Es una práctica “perfectamente respetable y legítima”. 

This is a color photograph of a North Miami Beach condominium and pool in the afternoon.Lorraine Boogich

Cada comunidad de vecinos, a parte de la normativa de seguridad, tiene sus propias normas para la piscina, por ejemplo, algunas limitan el número de invitados por vivienda, otras no dejan comer o beber dentro del recinto. Todo ello depende de lo que se vote en junta. 

En la localidad almeriense de Vera hay una urbanización con una normativa bastante curiosa: solo se puede entrar desnudo a la piscina comunitaria. Esta regla se la han tomado tan enserio que cuentan con un guardia jurado que prohíbe el acceso a quienes no van desnudos. 

Esto ha desencadenado en un conflicto entre vecinos que ha acabado en una disputa judicial. El caso ha llegado al Tribunal Supremo el cual ha defendido que el nudismo es una práctica “perfectamente respetable y legítima", pero han anulado la norma y condena a indemnizar con 1.000 euros a cada uno de los afectados. 

¿Qué dice la ley?

Según la Ley de Propiedad Horizontal no se puede imponer el nudismo de esta manera en una comunidad de vecinos y menos sin un acuerdo válido previo. Además, el Supremo se niega a dar por válidos los estatutos de la comunidad ya que “la simple lectura de las actas de la comunidad demuestra con evidencia que dichos estatutos no fueron aprobados”.

El Supremo ratifica que el nudismo es una práctica que no se puede exigir sin base para ello. Por ello, ha condenado a una indemnización por los daños y perjuicios sufridos ya que consta "la vulneración de tales derechos fundamentales, mediante actos de imposición, fundados en unos estatutos no aprobados, determina un evidente daño moral, considerándose que la cantidad postulada por tal concepto entra en el marco de un prudente resarcimiento”.

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El fallo concluyó en que esas prohibiciones lesionaron los derechos de los no nudistas a “la igualdad, a la libertad ideológica, a la libertad y a la intimidad”. Por lo que cualquier norma similar es “radicalmente nula” y los nudistas deben “abstenerse de realizar cualesquiera actos que limiten o perturben el derecho de acceso a acceder a las piscinas y demás espacios comunes por el hecho de no practicar el nudismo”.